Poder

Concepto de Poder

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Poder?

Poder

Poder: Autorización en virtud de la cual una persona ejerce en nombre de otra los actos jurídicos que ésta le encargue.

Problemas para definir el Poder

El uso más general de la palabra «poder» es como sinónimo de capacidad, destreza o talento. Este uso abarca la capacidad de atraer ciertos tipos de rendimiento, o «destreza» en sentido estricto, la capacidad de producir un efecto de algún tipo en el mundo exterior y las energías físicas o psicológicas subyacentes a todos y cada uno de los rendimientos humanos, el «poder de actuar» en sí mismo, por así decirlo. A veces la palabra se utiliza en plural para denotar las capacidades y energías totales -o ‘facultades’- de un ser humano, como en referencia a los ‘poderes’ crecientes o decrecientes de una persona. Cuando potencia se refiere a las energías liberadas por las acciones humanas, se funde en el concepto físico de energía como la capacidad de realizar un trabajo o de mover la materia, como en el vapor o la energía eléctrica. Aplicado en este sentido a las energías humanas, el poder se equipara a la potencia, o a la capacidad general de un actor para producir actuaciones exitosas. La noción de controlar o actuar sobre materiales resistentes está implícita en la idea del poder como habilidad o capacidad. Algunos autores han equiparado el poder en este sentido general con el dominio, o con la capacidad de «producir modificaciones observadas en el mundo exterior».1 En el caso de las habilidades físicas o mentales complejas, los materiales recalcitrantes que hay que dominar son el propio cuerpo y la mente del actor, más que los objetos del entorno exterior. El actor ejerce un poder sobre sí mismo que solemos denominar ‘autodisciplina’ o ‘autocontrol’. Los escritores freudianos, empezando por el propio Freud, emplean habitualmente metáforas políticas para describir los procesos intrapsíquicos: el superyó ‘tiránico’, el superyó ‘imperioso’, el yo ‘negociador’ o ‘transigente’.

El poder como potencia y, aunque de forma menos inequívoca, como dominio es inequívocamente un término «disposicional» en el sentido de Gilbert Ryle, que no se refiere a una actuación real sino a la capacidad, latente en el actor incluso cuando no se ejerce, de producir un tipo particular de actuación.2 Cuando nos ocupamos del poder como relación social entre actores, es importante, como argumentaré con más detalle a continuación, conservar el sentido disposicional 2 del término, aunque el concepto sociológico de poder no debe implicar que se trata de un atributo de un actor en lugar de una relación entre actores, ya sean individuos o grupos.

Dos famosos filósofos británicos, separados por casi tres siglos, definieron el poder de forma similar. Thomas Hobbes lo definió como «los medios presentes del hombre para alcanzar cualquier bien futuro aparente», mientras que para Bertrand Russell, el poder era «la producción de efectos intencionados». La definición de Hobbes es claramente disposicional, ya que un hombre puede poseer evidentemente los medios para alcanzar un bien futuro incluso cuando no está atraído por emplearlos con ese fin. La definición de Russell, sin embargo, se presta a ser entendida como «episódica » en lugar de disposicional, a menos que se añada la frase «la capacidad para» delante de «la producción de efectos previstos».

Pero ambas definiciones identifican el poder con la potencia o el dominio y, por tanto, son demasiado generales si lo que interesa es el poder como relación social, ya que ambas abarcan el poder sobre el yo y sobre la naturaleza, así como el poder de los hombres sobre otros hombres. El autodominio es, por supuesto, un tema importante para la psicología, especialmente para el psicoanálisis, pero se distingue de las relaciones de poder sociales y políticas entre individuos y grupos. La relación entre el poder sobre la naturaleza y el poder sobre los hombres es también un tema de gran importancia sobre el que Russell hizo una serie de agudas observaciones hace más de cuarenta años, antes de la llegada de los ordenadores y las armas nucleares.6 Hoy en día es un tema de moda entre los intelectuales de izquierdas alarmados por la posibilidad de que la nueva intelectualidad técnica y científica constituya una élite tecnocrática que amenace la libertad humana.7 Sin embargo, la teoría política y social requiere una definición más restringida para diferenciar el poder sobre la naturaleza del poder sobre los hombres.

Aunque hay cientos, quizá miles, de definiciones más recientes del poder social, o del poder de los hombres sobre otros hombres, en la literatura de las ciencias sociales, no veo ninguna razón por la que no debamos conformarnos con definiciones más antiguas y sencillas siempre que sean intelectualmente adecuadas. El poder es la capacidad de algunas personas para producir efectos previstos y deseados en otras. Los términos de esta definición requieren un análisis detallado (y que se lleva a cabo en otro lado) para mostrar cómo hacen frente a los principales problemas y confusiones del análisis conceptual del poder. Estos problemas son cinco. En primer lugar, está la cuestión de la intencionalidad del poder y, en segundo lugar, de su eficacia. La latencia del poder, su naturaleza disposicional, es un tercer problema. La naturaleza unilateral o asimétrica de las relaciones de poder que implica la afirmación de que unas personas tienen un efecto sobre otras sin una afirmación paralela de que lo contrario también puede ser el caso es una cuarta cuestión, el problema de la asimetría y el equilibrio en las relaciones de poder. Una última cuestión es la de la naturaleza de los efectos producidos por el poder: ¿deben ser manifiestos y de comportamiento, o cuentan también los efectos puramente subjetivos e internos?

Revisor de hecho: Ruth

Poder en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido poder de la siguiente forma: Documento legalizado por el que una persona delega en otra las facultades necesarias para que realice una serie de actividades, correspondientemente especificadas, en su nombre. [1]

Poder en Inversión y Economía Financiera

Se ha definido poder de la siguiente forma: Documento público que autoriza a una persona a actuar en nombre de otra y a representarla con efectos jurídicos plenos. [2]

Uso de Poder en Relación a: Authority (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «poder»: Potestad, facultad del Estado o funcionario; poder, facultad, competencia, autorización o legitimación para realizar un acto. Evitar traducir como «autoridad» si tiene este sentido Organismo o entidad estatal o internacional. Es recomendable también evitar traducirlo como «autoridad», salvo en el caso de nombres ya consagrados

Poder

Definición Básica de Poder

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Poder proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Facultad para hacer o abstenerse o para mandar algo. | Potestad. | Imperio. | Mando. | Jurisdicción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Atribuciones. | Fuerza, potencia, vigor, fortaleza. | Capacidad. | Posibilidad. | Facultad que una persona da a otra para que obre en su nombre y por su cuenta. | Documento o instrumento en que consta esa autorización o representación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Posesión o tenencia actual; como al decir que tal cosa o asunto se encuentra en poder de quien se nombra. | Autoridad. | Gobierno. | Superioridad, hegemonía. | Conjunto de fuerzas militares que integran el ejército de un Estado. | ADMINISTRATIVO. En la teoría de la división de los poderes, que prácticamente significa la separación de funciones, se señala la existencia de un poder administrativa, al cual incumbe la administración del Estado. | DE POLICÍA. Para Mayer, «la actividad ejercida por la Administración pública para asegurar, por los medios del poder público, el buen orden de la cosa pública contra las perturbaciones de los particulares». | DISCIPLINARIO. Competencia del superior jerárquico o de órganos representativos de cuerpos políticos, judiciales, administrativos o profesionales, para aplicar sanciones apropiadas, pero ajenas a lo penal, a quienes, colocados bajo su autoridad o inspección, han faltado a los deberes profesionales o adoptado actitud de una naturaleza tal, que empañe el buen nombre del cuerpo a que se pertenece (Capitant). | EJECUTIVO. En la reiterada y clásica división de poderes, aquel que tiene por finalidad llevar a desarrollo práctico las leyes, ostentando la dirección suprema de los asuntos nacionales. | E l gobierno o Poder constituido. | Administrativamente, el gobierno y todos los órganos y organismos de la Administración pú blica. | Constitucionalmente, el jefe de Estado y sus ministros. | ESPECIAL. El que se confiere o ejerce en uno o más asuntos concretamente determinados. | GENERAL. El comprensivo de todos los negocios del poderdante. | GENERAL PARA PLEITOS. El que faculta a un procurador u otro representante judicial para los diversos actos y trámites que una causa o juicio requiera. | JERÁRQUICO. En las instituciones estructuradas verticalmente, conforme a disciplina humana o trascendente, facultades normativas y disciplinarias que al jefe supremo ya cada uno de los inmediatos superiores corresponden. | JUDICIAL. Conjunto de órganos jurisdiccionales a quien está reservada competencia para conocer y resolver en juicios y causas entre partes. | Conjunto de Jueces y magistrados de una nación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). (V. JUDICATURA.) | LEGISLATIVO. En los Estados constitucionales, el Parlamento debidamente elegido. | En los sistemas absolutos o dictatoriales de gobierno, la asamblea consentida o fraguada que, dócil al Poder ejecutivo, desempeña la función legislativa. | MODERADOR. Denominación que suele darse a los jefes de Estado en las monarquías constitucionales y en las repúblicas parlamentarias. | PARA JUZGAR. La suma de la jurisdicción más la competencia que ha de concurrir en un juez o tribunal para conocer, legítima y eficazmente, en un asunto y resolver sobre el mismo. | PARA TESTAR. El admitido en pasados tiempos cuando cabía facultar a otra persona para que dispusiera a su voluntad de los bienes de la que tal encargo le encomendaba. | PÚBLICO. Facultad consubstancial con el Estado y que le permite dictar normas obligatorias que regulen la convivencia social de las personas que por vínculos personales o situación territorial se encuentran dentro de su jurisdicción legislativa o reglamentaria.

Poder en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Poder

Significado de Poder en Derecho Español

Dominio, imperio, facultad y jurisdicción que alguien tiene para mandar o ejecutar algo. | Acto o instrumento en que consta la facultad que alguien da a otra persona para que en lugar suyo y representándole pueda ejecutar algo.

Poder en la Enciclopedia Jurídica

Poder en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Poder (exceso de)

Poder (exceso de) en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Otras búsquedas sobre Contratos en el Diccionario Jurídico

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  • Plazo
  • Pago cuando el deudor quiera
  • Pacto comisorio
  • Non adimpleti contractus
  • Pago cuando el deudor quiera

Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Poder en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:

  • Plus petitio
  • Oralidad
  • No innovar
  • Mandamiento judicial
  • Oralidad

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Poder en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia

Véase También

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Poder basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

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Véase También

  • Poder del Gobierno
  • Poder en Derecho Político

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Véase también

Bibliografía

Poder

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Otras voces afines a Poder pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Plutocracia
  • Peaje
  • Parlamento
  • Ostracismo
  • Oposición

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Véase también

Bibliografía

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