Adrogación

Concepto de Adrogación

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Adrogación?

Adrogación en la Enciclopedia Jurídica

Adrogación en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

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Véase también

Adrogación

Más sobre Derecho Privado Romano en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Adrogación pertenecientes al Derecho Privado Romano se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Adopción
  • Addictio in diem
  • Actio negotíorum gestorura
  • Acreedor privilegiado
  • Acción solidaria

Adopción y Adrogación en Derecho Romano

Explicación de adopción y adrogación en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa adopfio, adrogatio. Fuentes de la patria potestad. Había dos clases de adopción: la adopción de una persona alieni iuris, que es la adopción propiamente dicha, y la adopción de una persona sui iuris, que se llamó adrogación (adrogatio). En el primer caso, un padre adquiría la patria potestad sobre un hijo ajeno, introduciéndolo a su familia. Con base en La interpretación de un precepto de la Ley de las XII Tablas, que establecía que el padre que vendiera al hijo por tres veces perdería la patria potestad, la jurisprudencia estableció que para llevar a cabo la adopción se deberían realizar tres ventas ficticias o mancipaciones del hijo. Después de las ventas el adoptante reivindicaba la potestad sobre el adoptado. En el derecho justinianeo fue suficiente manifestar la voluntad de adoptar ante un magistrado. Para la adrogación era necesaria la presencia del comicio curiado; posteriormente fue suficiente una autorización del emodultnio perador. Las consecuencias de la adopción y de la adrogación eran las mismas: las personas adoptadas adquirían los mismos derechos y deberes que los hijos propios. La diferencia radicaba en que en la adopción se daba un cambio de familia: el adoptado pasaba de su familia original a la del adoptante, mientras que en la adrogación había la fusión de dos familias, ya que el adrogado entraba en la del adrogante, con las personas que estuvieran sujetas a su potestad y con sus bienes; el adrogado sufría una disminución de la capacidad jurídica mínima al convertirse de rui iurir en alieni iuris. (Gayo, 1.97107; C. 8,47; Modestino, D. 1,7,1; Gayo, D. 1,7,2; Celso, D. 1, 7. 5; Paulo, D. 1, 7, 6; Inst. 1, 11.) W comicios; disminuciones de la capacidad jurídica; estado de familia, persona; familia; jurisprudencia; Ley de las xo Tablas; mancipación; patria potestad.

Adrogación en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Adrogación publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): En el derecho romano, adopción de una persona no sometida a la patria potestad, es decir, sui juris. Derogación total de una ley por una disposición de igual o mayor jerarquía que la sustituida, es por eso que una Constitución sólo puede ser abrogada por otra Constitución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Tradicionalmente se distinguía la abrogación de la derogación; la primera anulaba o abolía totalmente la ley, y la segunda sólo parcialmente.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

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