Antinomia

Concepto de Antinomia

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Antinomia?

La antinomia, además de su significado habitual y filosófico (la contradicción entre dos principios que parecen verdaderos), tiene el significado jurídico de contradicción u oposición entre el contenido de dos normas jurídicas vigentes. Podría decirse que una de las funciones de la jurisprudencia, al menos en algunas jurisdicciones, es resolver las antinomias legales o jurídicas.

Antinomia

Definición Básica de Antinomia

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Antinomia proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Palabra griega, compuesta de anti, contra, y de nomos, ley. Es, pues, la contradicción real o aparente entre dos leyes, o entre dos pasajes de una misma ley.

Antinomia en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Antinomia de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Antinomia en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Antinomia, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

Antinomia

Antinomia en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

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Antinomia

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Antinomia en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Antinomia publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Lat. Antinomia y éste del griego, anti-nomia, oposición a la ley; de anti, contra y nomos, ley.

Significado Alternativo

Contradicción entre dos leyes, o entre dos pasajes de una misma ley.

Significado Alternativo

Contradicción u oposición entre el contenido de dos normas jurídicas vigentes.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

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