Atribución

Concepto de Atribución

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Atribución?

Cada una de las facultades que corresponden a una persona por razón de su cargo.

Significado de Atribución en Derecho Internacional

Nota: También puede interesar el concepto jurídico de, la definición de en derecho, y su significado como » » en derecho anglosajón (atribución, en inglés).

La atribución, o como se denominaba más frecuentemente en el pasado, la imputación, es un término del arte en el derecho de la responsabilidad del Estado, que denota «una operación intelectual necesaria para salvar la distancia entre el individuo o un grupo de individuos [que perpetraron un acto ilícito según el derecho internacional] y la atribución de la violación de una obligación y la responsabilidad al Estado»: A merasinghe, State Responsibility for Injuries to Aliens (1 967), 49. Si bien no hay ninguna dificultad en atribuir un acto ilícito a un Estado cuando ese acto es perpetrado por los órganos del Estado (autoridades centrales ejecutivas, legislativas y judiciales, y autoridades locales), pueden surgir problemas cuando el acto es perpetrado por funcionarios del Estado que actúan ultra vires o por particulares. La jurisprudencia decidida parece establecer que el Estado es responsable de los actos ilícitos de sus funcionarios que se exceden en sus competencias cuando actúan con autoridad aparente o manifiesta (Demanda Youmans (1926) 4 R.I.A.A. 110; Demanda Mallén (1927) 4 R.I.A.A. 173; Demanda Caire (1929) 5 R.I.A.A. 516; Demanda Zafiro (1925) 6 R.I.A.A. 160). El Estado no es responsable de los actos ilícitos de los particulares a menos que fomente, sea cómplice o se beneficie del acto, o no tome medidas razonables para proteger a los extranjeros, o no castigue claramente a los infractores (Caso del personal diplomático y consular de EE.UU. en Teherán, 1979 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 21, 1980 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 3; Reclamación Massey (1927) 4 R.I.A.A. 155; Reclamación Neer (1926) 4 R.I.A.A. 60; Reclamación Janes (1926) 4 R.I.A.A. 82; Caso Home Missionary Society (1920) 6 R.I.A.A. 42; Reclamación Mazzei (1903) 10 R.I.A.A. 525).

El proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado de 2001 de la Comisión de Derecho Internacional ([2001] II Anuario de la Comisión de Derecho Internacional 26) hace responsable a un Estado de la conducta de cualquier órgano del Estado, «ya sea que el órgano ejerza funciones legislativas, ejecutivas, judiciales o de otra índole, cualquiera que sea la posición que ocupe en la organización del Estado y cualquiera que sea su carácter de órgano del gobierno central o de una unidad territorial del Estado»: artículo 4(1). El Estado también es responsable de la conducta de una persona o entidad facultada por el derecho interno para ejercer la autoridad gubernamental: artículo 5. No importa que un órgano del Estado o una persona o autoridad facultada actúe ultra vires: artículo 7. La responsabilidad se atribuye al Estado por los actos de los particulares «que actúen siguiendo las instrucciones de ese Estado o bajo su dirección o control»: artículo 8; y por los particulares «que ejerzan de hecho elementos de la autoridad gubernamental en ausencia o por defecto de las autoridades oficiales y en circunstancias que exijan el ejercicio de esos elementos de la autoridad»: artículo 9. Véase en general Borchard, The Diplomatic Protection of Citizens Abroad (1927); Eagleton, The Responsibility of States in International Law (1928); Spinedi y Simma, United Nations Codification and State Responsibility (1987); Brownlie, System of the Law of Nations: Responsabilidad del Estado (1983), Parte 1; Crawford, The International Law Commission’s Articles on State Responsibility (2002), Capítulo 2.

Revisor de hechos: N Perri

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Recursos

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Véase También

Uso de Atribución en Relación a: Jurisdiction (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «atribución»: El término jurisdiction se utiliza para hacer alusión a conceptos e instituciones diversos que no siempre están relacionados entre sí y cuya traducción en español no es uniforme: en muchos casos se traducirá por «jurisdicción», mientras que en otros la traducción más adecuada será «competencia», «tribunal» o incluso «país», «Estado» u otro término similar. Pueden distinguirse al menos las siguientes acepciones de jurisdiction:

En el sentido de territorio

Ámbito territorial donde el Estado ejerce su soberanía; Territorio dentro del cual ejerce sus funciones un juez o tribunal; o Ámbito de aplicación espacial de un sistema jurisdiccional u ordenamiento jurídico.

En el sentido de tribunal

En el sentido de potestad o atribución: 1. Poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado; Conjunto de facultades que corresponden a una entidad pública o a una autoridad judicial o administrativa

En el sentido de sector en que se divide la facultad general de administrar justicia

En el sentido de competencia (aptitud de un juez o tribunal para entender en una determinada categoría de asuntos)

Jurisdiction en el sentido de territorio

a) Ámbito territorial donde el Estado ejerce su soberanía: en este caso, jurisdiction se utiliza en sentido amplio y se refiere bien a espacios físicos (tierra, agua o zona aérea), bien a objetos (buques, aeronaves) que por sus vínculos particulares con un Estado quedan sometidos a su soberanía. En español se habla en estos casos de «jurisdicción».

Jurisdiction en el sentido de tribunal Jurisdiction se emplea con frecuencia en el sentido de «tribunal» u «órgano jurisdiccional»

Jurisdiction en el sentido de potestad o atribución

a) Poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado: jurisdiction se utiliza también en sentido técnico-jurídico para hacer alusión al poder, derivado de la soberanía del Estado, de aplicar el derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia. Se trata de una atribución, denominada «jurisdicción», «potestad jurisdiccional» o «función jurisdiccional», que en los Estados de derecho corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales de justicia.

Jurisdiction en el sentido de sector en que se divide la facultad de administrar justicia

Como potestad general del Estado, la jurisdicción (en su acepción de «poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado») es única, aunque para una mayor eficacia en su ejercicio suele dividirse en sectores, cada uno de los cuales se conoce también de manera genérica como «jurisdicción» u «orden jurisdiccional» (civil, penal, laboral, contencioso-administrativo, etc.). El término se utiliza también en este sentido cuando, desde otro punto de vista, se distingue entre la «jurisdicción militar» y la «jurisdicción ordinaria».

Jurisdiction en el sentido de competencia

Por último, probablemente por influencia del inglés, el término jurisdiction se traduce a veces erróneamente como «jurisdicción» en lugar de «competencia». La «competencia» es la atribución a ciertos jueces o tribunales de una parcela de «jurisdicción» respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase. Los criterios de competencia (por razón de la materia, la persona, el territorio, etc.) permiten por tanto determinar qué órgano judicial conocerá, con exclusión de los demás, de una controversia dada, concretando en un juez o tribunal específico la función jurisdiccional que corresponde por igual a todos ellos.

Atribución en el Derecho argentino

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Atribución en la Enciclopedia Jurídica

Atribución en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

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