Autonomía

Concepto de Autonomía

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto . Esta voz se ocupa del concepto .

Visualización Jerárquica en el Diccionario de Autonomía

Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Organización administrativa
Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Entidad territorial > Comunidad autónoma
Vida Política > Vida política y seguridad pública > Movimientos de opinión > Movimiento autonomista
Vida Política > Parlamento > Parlamento > Parlamento regional
Vida Política > Marco político > Ideología política > Regionalismo

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Autonomía?

Definición Básica de Autonomía

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Autonomía proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Estado y condición del pueblo que goza de entera independencia, sin estar sujeto a otras leyes que a las dictadas por él y para él. | En sentido figurado, condición del individuo que de nadie depende en ciertos aspectos. | DE LA VOLUNTAD. Principio fundamental para el Cód. Civ. francés y los inspirados en él (o sea todos los redactados durante el curso del siglo pasado, excepción hecha del alemán) es la autonomía de la voluntad, que se enfrenta al de la declaración de ésta. El principio se traduce en la norma que Cija el art. 1.197 del Código Civil Argentino: «Las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma». Principio éste que se complementaba por el derogado arto 1.198, que expresaba: «Los contratos obligan no sólo a lo que éste formalmente expresado en ellos, sino a todas, las consecuencias que puedan considerarse que hubiesen sido virtualmente comprendidas en ellos». Es conveniente, empero, tener en cuenta lo que expresa el art. 21 del cit. cód.: «Las conveniencias particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia estén interesados el orden público y las buenas costumbres».

Definición Médico-Jurídico de Autonomía

Principio bioético a través del cual el paciente puede optar por la atención médica o un tratamiento médico, dentro de los límites previstos por la ley.

Significado de Autonomía en Derecho Internacional

Nota: También puede interesar el concepto jurídico de entidad local, la definición de territorio en derecho, y su significado como «autonomy» en derecho anglosajón (en inglés).

Aunque «autonomía» no es estrictamente un término de arte en derecho internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambos en inglés), se utiliza ampliamente en la literatura del derecho público internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambos en inglés). Una definición típica sería la de Crawford, The Creation of States in International Law (2ª ed.), 323-327: «Las zonas autónomas son regiones de un Estado, que suelen poseer algún rasgo distintivo étnico o cultural, a las que se han concedido poderes separados de administración interna, en cualquier grado, sin que se desprendan del Estado del que forman parte. Para que dicho estatus tenga un interés actual, debe ser de alguna manera internacionalmente vinculante para las autoridades centrales. Dadas esas garantías, la entidad local puede tener un cierto estatus, aunque como éste no suele implicar ninguna capacidad de relaciones exteriores, es necesariamente limitado. Hasta que no se alcanza una fase muy avanzada en el progreso hacia el autogobierno, estas zonas no son Estados». El rasgo distintivo de los regímenes autónomos es su «extrema diversidad… y las amplias variaciones exhibidas en el grado de autonomía o autogobierno interno de que goza cada uno»; las «crecientes demandas de autogobierno regional, la proliferación de pequeños Estados recientemente independientes y la interdependencia cada vez más compleja de la política mundial contemporánea ya no se corresponden con la simplicidad del Estado-nación soberano del siglo XIX». La autonomía sigue siendo un concepto útil, aunque impreciso, dentro del cual se pueden desarrollar estructuras políticas flexibles y únicas para responder a esa complejidad»: Hannum y Lillich, The Concept of Autonomy in international law, 74 American Journal of International Law 858 (1980) en 889.

Mientras que la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales de 14 de diciembre de 1960 (Res. 1514 (XV) de la Asamblea General), párr. 2, y el artículo 1(1) común de los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (999 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 171; véase el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (993 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 3; véase el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) de 16 de diciembre de 1966 afirman el derecho de autodeterminación, no especifican el resultado del ejercicio de ese derecho; la Declaración de Relaciones Amistosas de 24 de octubre de 1970 (Res. 1625 (XXV)) estipula tres posibles resultados, siendo el último «cualquier… estatus político libremente determinado por un pueblo», lo que presagia cierta medida de autonomía. Véase Hannum, Autonomy, Sovereignty and Self-Determination (1990).

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, el derecho internacional humanitario y sus principios, el derecho internacional privado y sus fuentes, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), los convenios y tratados internacionales, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, las fuentes del derecho internacional (público y privado), la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (incluyendo su interpretación), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, y el derecho internacional consuetudinario y sus normas.

[rtbs name=»derecho-internacional-publico»] [rtbs name=»derecho-internacional-privado»] [rtbs name=»tratados-internacionales»] [rtbs name=»naciones-unidas»] [rtbs name=»geopolitica»] [rtbs name=»paises»] [rtbs name=»derecho-internacional-humanitario»] [rtbs name=»derechos-humanos»]

Autonomía en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Autonomía en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) La libertad de gobernarse por sus propias leyes o fueros.

Definición de Autonomía

En la historia de las instituciones romanas, Isipedia Derecho recoge el siguiente concepto de Autonomía en su glosario: Capacidad otorgada a municipios, provincias, comunidades, universidades, etc. para autogobernarse mediante normas y órganos de gobierno propias, algunas de dichas entidades pueden poseer capacidad legislativa.

Autonomía en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Autonomía publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): La autonomía que propician los anarquistas no consiste en arrancar al estado central parcelas más o menos independientes de la geografía política para convertirlas a su vez en pequeños estados.

Significado Alternativo

Capacidad de valerse por sí mismo. Usado tanto para personas (relacionado con la discapacidad) como para instrumentos y máquinas

Significado de Autonomía

Visión General y más Información sobre Autonomía

Para un conocimiento más exhaustivo de Autonomía, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»vida-politica»]

Descripción de Autonomía

En el marco del derecho internacional y comparado, la plataforma online se ocupa del significado y características de Autonomía (véase autonomía). [rtbs name=»derechos-y-deberes-de-los-estados»]

Autonomía en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Autonomía de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Autonomía en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Autonomía, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

Recursos

Traducción de Autonomía

Inglés: Autonomy
Francés: Autonomie
Alemán: Autonomie
Italiano: Autonomia
Portugués: Autonomia
Polaco: Autonomia

Tesauro de Autonomía

Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Organización administrativa > Autonomía
Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Entidad territorial > Comunidad autónoma > Autonomía
Vida Política > Vida política y seguridad pública > Movimientos de opinión > Movimiento autonomista > Autonomía
Vida Política > Parlamento > Parlamento > Parlamento regional > Autonomía
Vida Política > Marco político > Ideología política > Regionalismo > Autonomía

Véase También

Autonomía en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Otras búsquedas sobre Derecho Administrativo en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Autonomía en la sección sobre el Derecho Administrativo pueden ser las siguientes:

  • Autarquía
  • Ampliación de créditos
  • Agua
  • Aforar
  • Ampliación de créditos

Bibliografía

Más sobre Derecho Político en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Autonomía pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Autolimitación
  • Asamblea legislativa
  • Anteproyecto
  • Allanamiento del domicilio
  • Aforador

1 comentario en «Autonomía»

Deja un comentario