Condominio

Concepto de Condominio

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Condominio?

Condominio

Definición Básica de Condominio

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Condominio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Del lat. cum, con, y dominium, dominio. Dominio o propiedad de una cosa perteneciente en común a dos o más personas. El art. 2.673 del Código Civil Argentino lo define diciendo que «el condominio es el derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble».

Condominio en el Derecho argentino

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Condominio

Conceptos jurídicos relacionados con Condominio en este Diccionario legal

  • Propiedad Conjunta
  • Condominio en la Enciclopedia Jurídica

    Condominio en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

    Puede encontrar información útil en:

    Véase también

    Otras búsquedas sobre Derechos Reales en el Diccionario Jurídico

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    • Concesión hidráulica
    • Colindante
    • Cercas
    • Censo
    • Colindante

    Condominio

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    Condominio en Administración Empresarial y Economía

    Se ha definido condominio de la siguiente forma: Derecho de dominio en común que tienen dos o más personas sobre una cosa indivisa o varios estados sobre un determinado territorio. Condominiwn. Copropiedad. Situación en la que una misma cosa o derecho pertenece a varias personas. [1]

    Recursos

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    Notas y Referencias

    1. Concepto de Condominio basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

    Véase También

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    Véase También

    • Propiedad «pro indiviso»

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    Véase También

    • Proindivision

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    Véase también

    Bibliografía

    Condominio

    Condominio: Participación de varios sujetos en la propiedad de una cosa indivisa.

    Significado Alternativo

    Participante de la propiedad de una cosa en condominio.

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