Concepto de Constitución
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Constitución?
De acuerdo con el Diccionario María Moliner de uso del español, del siguiente modo:
constitución
1 f. Acción de constituir.
2 Manera de estar constituido algo: ‘La constitución de la materia. La constitución de un tribunal’. 1 *Estructura.
3 Manera de estar constituido el organismo de un individuo orgánico, particularmente una persona, dependiente del desarrollo y funcionamiento de sus órganos. 2 Complexión, contextura, físico, fisiología, naturaleza, temperamento, *tipo psicosomático. 4 *Débil, *fuerte, recia, *robusta. 4 Eucrático.
4 (referido a una en particular, con mayúsc.) Ley fundamental que fija la organización política de un Estado y establece los derechos y obligaciones básicos de los ciudadanos y los gobernantes. 2 Doceañista.
5 En derecho *romano, *ley dada por el soberano.
6 (pl.) Normas por las que se rige una asociación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). 2 *Reglamento.
constitución apostólica Ley dictada por el *Papa que contiene alguna decisión o mandato que afecta a toda la Iglesia.
jurar [o prometer] la Constitución Jurar [o prometer] fidelidad a ella un soberano o gobernante al empezar su gobierno.
constitucional (adv. constitucionalmente)
1 adj. Se aplica al rey, régimen, gobierno, etc., atenidos a una constitución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). 5 Según lo dispuesto por la Constitución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). 2 Anticonstitucional, inconstitucional.
2 Partidario del gobierno constitucional.
3 De la constitución de un individuo: ‘Debilidad constitucional’.
4 m. Tribunal constitucional.
V. derecho constitucional, monarquía constitucional.
constitucionalidad
f. Cualidad de constitucional (conforme a una constitución). 2 Anticonstitucionalidad.
constitucionalismo
1 m. Sistema político regulado por una constitución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).
2 Ideología partidaria de este sistema político.
constitucionalización
f. Acción y efecto de constitucionalizar.
constitucionalista
1 adj. Del constitucionalismo.
2 adj. y n. Partidario del constitucionalismo.
3 Que defiende la constitución vigente en un Estado.
4 n. Especialista en constituciones políticas.
5 adj. y n. Psi. Que estudia la constitución de los individuos.
constitucionalizar
tr. Hacer que 3algo se ajuste a la Constitución.
Constitución
Definición Básica de Constitución
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Constitución proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Acción o efecto de constituir. Formación o establecimiento de una cosa o un derecho. | Ordenamiento, disposición (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Esta voz pertenece de modo especial al Derecho Político, donde significa la forma o sistema de gobierno que tiene adoptado cada Estado. | Acto o decreto fundamental en que están determinados los derechos de una nación, la forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos de que éste se compone. | Cada una de las ordenanzas o estatutos con que se gobierna algún cuerpo o comunidad. | En el Derecho Romano, la ley que establecía el príncipe, ya fuese por carta, edicto, decreto, rescripto y orden. | APOSTÓLICA. Mandato o resolución solemne del Sumo Pontífice, de acatamiento o cumplimiento obligatorio para toda la Iglesia o para determinados fieles, según sus términos. | CRIMINAL. Conjunto de los caracteres biológicos de un individuo que integran un elemento de predisposición delictiva; tal conducta constituye resultante o síntesis de la influencia recíproca, de la coordinación de sus caracteres. (V. DELINCUENTE.)
Parte Dogmática de la Constitución
Conceptos jurídicos relacionados con Parte Dogmática de la Constitución en este Diccionario legal
- Declaraciones, derechos y garantías
Significado de Constitución en el Derecho Español
En el orden constitucional español, un breve concepto de constitución podría ser el siguiente: Es la norma jurídica fundamental y suprema de un ordenamiento jurídico.
La Constitución formalmente es una norma que se diferencia de las demás por el procedimiento de creación (proceso constituyente), por el procedimiento especial de reforma y por disponer de una especial fuerza normativa (es la norma suprema).
Y materialmente es la norma cuyo objeto es la organización de la sociedad y el Estado, es decir, la norma que regula los fines, las funciones, los órganos, sus competencias y las relaciones entre ellos, y la que recoge los derechos de los ciudadanos y regula las relaciones entre éstos y los poderes públicos. Para un mayor desarrollo doctrinario, la enciclopedia jurídica española ofrece, respecto de constitución, una descripción más pormenorizada.
Legislación Histórica
Nota: Véase un desarrollo de este término y otros pertenecientes a la legislación histórica española, aquí.
Constitución en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Constitución publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Documento legal de rango fundamental, por el que se rige la vida política de un país y que por regla general suele tener una parte organiza y una dogmática, dotado de rigidez sobre todo en materia de reforma y de una primacía tanto formal como material sobre las restantes reglas jurídicas.
Noción de Constitución (Migración)
Constitución se define como: Ley fundamental y orgánica del Estado que establece la concepción, el carácter, la organización del gobierno, la extensión de sus poderes soberanos y la forma de ejercerlos (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). Tratado, Pacto, Estatuto o Acuerdo por el que se constituye una Organización internacional y en el que se define su mandato, su estructura y su funcionamiento (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario).
Constitución
Constitución en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido constitución de la siguiente forma: Creación legal de una sociedad. Para que una sociedad adquiera personalidad jurídica debe constituirse mediante escritura pública y ser inscrita en el Registro Mercantil. [1]
Constitución en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido constitución de la siguiente forma: Acto de creación de una sociedad que requiere el otorgamiento de escritura pública y la inscripción en el Registro Mercantil para su existencia legal como persona jurídica. Véase el artículo 119 del Código de Comercio. // Ley fundamental de organización de un Estado. [1]
Visualización Jerárquica en el Diccionario de Constitución
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Significado de Constitución
Visión General y más Información sobre Constitución
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Notas y Referencias
- Concepto de Constitución basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
- Concepto de Constitución en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Traducción de Constitución
Inglés: Constitution
Francés: Constitution
Alemán: Verfassung
Italiano: Costituzione
Portugués: Constituição
Polaco: Konstytucja
Tesauro de Constitución
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Véase También
- Derecho constitucional
- Control de constitucionalidad
- Legalidad
- Entrada sobre Constitución en la Enciclopedia Jurídica Internacional
- Jurisdicción
- Observancia de las Leyes
- Jurisdicción constitucional
- Revisión de la Constitución
Bibliografía
- Concepto de Constitución en línea en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Traducción al inglés de Constitución en el Diccionario Jurídico Inglés-Español de Cabanellas
- Significado sobre Constitución en la Enciclopedia Jurídica Omeba (internacional)
- Definición de Constitución en el Diccionario Jurídico Mexicano
Más sobre Derecho Político en el Diccionario Legal Internacional
Otras voces afines a Constitución pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Consejo de Indias
- Conflictos de Nacionalidad
- Comisiones parlamentarias
- Ciudadanía
- Censos