Corrección de Errores

Concepto de Corrección de Errores

Esta voz se ocupa del concepto . Si, tras la autentificación de un texto, los Estados signatarios y contratantes están de acuerdo en que contiene un error, éste puede corregirse rubricando el texto del tratado internacional corregido, ejecutando o intercambiando un instrumento que contenga la corrección o ejecutando el texto corregido de todo el tratado internacional por el mismo procedimiento que en el caso del texto original. Si hay un depositario, éste debe comunicar las correcciones propuestas a todos los Estados signatarios y contratantes. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En la práctica de la ONU, el Secretario General, en su función de depositario, informa a todas las partes de un tratado internacional de los errores y de la propuesta de corrección. Si, una vez transcurrido un plazo adecuado, los Estados signatarios y contratantes no plantean objeciones, el depositario hace circular un acta de rectificación y hace que se efectúen las correcciones en el texto o textos auténticos. [Art. 79, Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados internacionales (véase, en general, sobre los instrumentos internacionales) de 1969]

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