Concepto de Depósito Bancario
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Depósito Bancario?
Definición de Depósito Bancario para Estudiantes de Derecho
Introducción
Contrato bancario real, unilateral y de naturaleza pasiva por el que un cliente entrega a la entidad bancaria una suma monetaria facultándose para utilizarla en provecho propio y con la obligación de custodiarla y deregresarle otra cantidad de la misa especie y calidad.
La doctrina lo califica de depósito irregular, dada la contradicción que supone la custodia con la facultad dispositiva de la suma monetaria que tiene atribuida el banco. La complejidad y variedad de los depósitos bancarios exige abordar unas clasificaciones. En primer lugar diferenciaremos entre depósitos de custodia y depósitos de uso.
1) De custodia: se caracterizan porque la finalidad principal es la guarda y custodia de los efectos depositados, la entidad depositaria no adquiere la propiedad de la cosa, no la usa, equivale a un depósito regular.
2) De uso: se asemejan más a la estructura de un depósito irregular, pues el Banco emplea los fondos depositados aplicándolos a todo tipo de operaciones.
Desarrollo del Concepto
Cabe subdividir los depósitos de uso en:
Depósito a la vista: el Banco no sólo custodia sino que adquiere la propiedad de los fondos de modo que podrá utilizarlos de una forma prudente y líquida, con la obligación de restituirlos cuando lo solicite el depositante abonando un interés fijado. Hay una doble disponibilidad, de una parte por el cliente y de otra por el Banco. Estos depósitos suelen instrumentalizarse en cuentas corrientes o libretas de ahorro.
Depósitos a plazo: formalizados por medio de una libreta de imposición a plazo, el depósito de fondos es a un plazo de tiempo durante el cual el cliente no podrá disponer de ellos, y el Banco que adquiere la propiedad de los mismos los utilizará según le convenga, abonando por ello un interés superior al de los depósitos a la vista.
Depósitos con preaviso: requieren por parte del depositante un preaviso al Banco antes de la retirada total o parcial de los fondos depositados.
Más sobre Depósito Bancario
Según los titulares de dichos depósitos estos de clasifican:
1) A la orden del titular: ello supone que esa individuo es el depositario y el habilitado para su disposición
2) A la orden recíproca de varias gente: en estos depósitos se permite que cada uno de los titulares retire en todo o en parte los fondos depositados.
3) A la orden conjunta o colectiva: requiere la firma de todos los depositantes para efectuar actos de disposición (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).
4) A nombre de una individuo y a la orden de otra: ello divide a la individuo que constituye el fondo y la individuo autorizada para la disposición, es el caso más común el de los incapacitados y sometidos a una administración (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).
Depósito Bancario en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Depósito Bancario publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Entrega de dinero u otros títulos a un banco o institución financiera para que los custodie durante un determinado período de tiempo, al término del cual deben ser reembolsados junto con un interés, en su caso.
Depósito Bancario en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido depósito bancario de la siguiente forma: Cantidad de dinero colocada en una cuenta bancaria por un individuo, empresa (véase más en la plataforma general) o institución de cualquier tipo (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) [Congdon y McWilliams]. Bank deposit. Entrega de dinero u otros títulos a un banco o institución financiera para que los custodie durante un determinado período de tiempo, al término del cual deben ser reembolsados junto con un interés, en su caso. [1]
Depósito Bancario en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido depósito bancario de la siguiente forma: Es el contrato por el cual un Banco recibe de sus clientes fondos cuya propiedad adquiere comprometiéndose a restituirlos en la misma moneda y pagando como compensación un interés al depositante por lo fondos constituidos en depósito. La normativa aplicable se halla en la Orden de 12 de diciembre de 1989 sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las Entidades de crédito. [1]
Depósito (Significado General)
Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de depósito en los siguientes términos: Hecho de situar en un banco una cantidad de dinero. Deposit. Contrato por el que una persona, depositante, hace entrega de una cosa mueble a otra, depositario, para que ésta la guarde y custodie por un determinado período de tiempo. Véase depósito bancario. [1] [rtbs name=»depositos»]
Visualización Jerárquica en el Diccionario de Depósito bancario
Asuntos Financieros > Instituciones financieras y de crédito > Actividad bancaria
Significado de Depósito bancario
Visión General y más Información sobre Depósito bancario
Para un conocimiento más exhaustivo de Depósito bancario, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»asuntos-financieros»]
Recursos
Traducción de Depósito bancario
Inglés: Bank deposit
Francés: Dépôt bancaire
Alemán: Bankeinlage
Italiano: Deposito bancario
Portugués: Depósito bancário
Polaco: Depozyt bankowy
Tesauro de Depósito bancario
Asuntos Financieros > Instituciones financieras y de crédito > Actividad bancaria > Depósito bancario
Véase También
- Producción vegetal
- Enfermedad vegetal
- Fruticultura
- Obtención vegetal
- Cultivo energético
- Viticultura
- Cultivo de cereales
- Horticultura
- Reproducción vegetal
- Cultivo forrajero
- Floricultura
- Oleicultura
- Cultivo de setas
- Cultivo de hortalizas
- Arboricultura
- Cultivo para consumo propio
- Cultivo oleaginoso
- Hortaliza temprana
- Cultivo tropical
- Cultivo industrial
- Planta viva
- Obtención vegetal
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto de Depósito basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto de Depósito Bancario en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Véase También
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto de Depósito Bancario basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Otros recursos se encuentran también disponibles (en inglés).
Referencias Bibliográficas
- Martínez Marin, J., Martín, J. y Ávila, C. Diccionario de términos jurídicos. Granada: Comares, 1994.
- Ortiz Sánchez, M. y Pérez Pino, V. Diccionario jurídico básico. Madrid: Tecnos, 2008, 4ª edn. (1ª edn. Léxico jurídico para estudiantes).
- Yrarrázaval, A. Diccionario Jurídico Económico. Ediciones UC, 2012, 1ª edn.
Términos Jurídico-Económicos Populares
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- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Depósito bancario)
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- Cheque domiciliado
Más Voces de Derecho Financiero
Definición Breve de Depósito Bancario
Depósito de dinero; en un sentido amplio, títulos, cheques, en una institución bancaria, con fines de atesoramiento, inversión o para girar cheques contra ellos.
Depósito bancario en la Enciclopedia Jurídica
Depósito bancario en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
Véase también
Otras búsquedas sobre Derecho Comercial Mexicano en el Diccionario Jurídico
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