Derechos Fundamentales

Concepto de Derechos Fundamentales

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Derechos Fundamentales?

Derechos Fundamentales en la Enciclopedia Jurídica

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Significado de Derechos Fundamentales en Derecho Español

Los que, por ser inherentes a la dignidad humana y por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, suelen ser recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior.

Derechos Fundamentales en otras Referencias Legales

Derechos Fundamentales en la Enciclopedia Jurídica

Derechos Fundamentales en la Enciclopedia española del Derecho

Derechos Fundamentales en la Normativa española

Conjunto básico de facultades y libertades garantizadas judicialmente que la constitución reconoce a los ciudadanos de un país determinado (en el derecho peruano).

Derechos Fundamentales en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Derechos Fundamentales publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Conjunto básico de facultades y libertades garantizadas judicialmente que la constitución reconoce a los ciudadanos de un país determinado. Los derechos fundamentales nace durante la revolución burguesa, primero en Norteamérica y luego en Francia. Originariamente fueron calificados de naturales y por tanto de una rigidez absoluta: inviolables imprescriptibles, inalienables, etc. Eran también ilegislables. Cabe resaltar de manera especial la significación que tiene éste término, aduciendo primeramente que fue en Francia donde aparece en 1770, el preludio de la gran Revolución y que con el correr del tiempo, gracias a grandes acontecimientos anteriores y posteriores a ella- han podido positivarse en todos los ordenamientos jurídicos del mundo. De aquí partimos tomando el concepto del profesor Lluis de Carreras, que se refiere a los Derechos Fundamentales como: «Aquellos Derechos Humanos reconocidos en la legislación vigente de un Estado determinado y bajo la protección de su fuerza coactiva». Tomando como base este concepto decimos que el reconocimiento de los Derechos Humanos dentro del ordenamiento jurídico de un país y partiendo de la ley Fundamental, les da a éstos la denominación de Derechos Fundamentales y que los garantizará por medio de su poder coercitivo que como característica fundamental tiene una ley legítimamente concebida. Derechos FundamentalesDerechos Fundamentales

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Otras entradas sobre Legislación en el Diccionario

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      • Trabajo
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      • Remuneración
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      • Complementos salariales

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      • Nulidad
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      • Discriminación
      • Seguridad e higiene en el trabajo
      • Mujer
      • Formación profesional
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      • Ideas religiosas
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      • Condición social
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      • Derechos del trabajador
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      • Formación profesional
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      • Discriminación
      • Sexo
      • Méritos
      • Mujer
      • Relación Laboral
      • Antigüedad en la empresa
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      • Ascensos
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