Doctrina Calvo

Concepto de Doctrina Calvo

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Doctrina de Calvo?

Doctrina Calvo en el Contexto del Derecho y las Ciencias Políticas

Significado de Doctrina Calvo publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Consiste en la teoría expresada por el jurista argentino Carlos Calvo y fundada en la igualdad de los Estados, que proscribe las intervenciones de un Estado en los asuntos de otro con el pretexto de daños reales o supuestos causados por medio de la interposición diplomática. Determina el argumento de que el extranjero no tiene por qué recurrir a la protección diplomática de su gobierno, pues él no puede pretender mayores derechos que el de los nacionales y debe sujetarse a la legislación local. Hace casi un siglo, el diplomático e internacionalista argentino Carlos Calvo teorizó el principio general según el cual los pleitos con los ciudadanos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) debían necesariamente ser solucionados por los tribunales locales evitando la intervención diplomática del país de pertenencia. Esta es, en extrema síntesis, la doctrina Calvo, un pensamiento que tuvo gran importancia entre los países de América Latina, los cuales aún hoy en día siguen incluyéndola en sus constituciones. Carlos Calvo había nacido en Montevideo el 12 febrero de 1824, pero se había trasladado a Buenos Aires para estudiar derecho. Ahí consiguió la ciudadanía argentina. Calvo empezó su actividad como diplomático antes de dedicarse al derecho, cubriendo encargos de alto nivel del gobierno argentino, como vicecónsul en Montevideo de 1852 a 1858, y de Paraguay en Londres y París, hasta que disidencias con el dictador paraguayo Carlos López le obligaron a desarrollar nuevamente cargos diplomáticos de la República Argentina en París, Berlín y Roma en la Santa Sede.

Ejemplos de Doctrina Calvo en Derecho Internacional

Nota: También puede interesar el concepto jurídico del incumplimiento, la definición de reclamación en derecho en el diccionario, y su significado como «claim» en derecho anglosajón (en inglés). Véase también el Convenio Internacional del Trabajo No. 102 Relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social, adoptado en Ginebra, el 28 de Junio de 1952, y firmado por México.

North American Dredging Company contra México (1926)

Citado como North American Dredging Company contra México (1926) 4 R.I.A.A. 26. La North American Dredging Company, una corporación estadounidense, celebró un contrato en la Ciudad de México con el Gobierno de México en 1912 relativo a los servicios de dragado que la empresa debía prestar en México, y cuyo pago debía efectuarse en México. El contrato contenía la llamada cláusula Calvo que establecía que la empresa debía ser considerada como mexicana en todos los asuntos dentro de México relativos al cumplimiento del contrato, debía tener en ese sentido los mismos derechos que la ley mexicana otorga a los mexicanos, y en consecuencia estaba privada de cualquier derecho como extranjero y no se le permitía la intervención diplomática extranjera en ningún asunto relacionado con el contrato. La empresa alegó haber sufrido pérdidas y daños como resultado de los incumplimientos del contrato, y Estados Unidos presentó una reclamación en nombre de la empresa ante la Comisión General de Reclamaciones México-Estados Unidos establecida por la Convención General de Reclamaciones México-Estados Unidos del 8 de septiembre de 1923. El 31 de marzo de 1926, la Comisión se declaró sin jurisdicción. Un tribunal internacional debe buscar un equilibrio apropiado y adecuado entre el derecho soberano de jurisdicción nacional y el derecho soberano de protección nacional de los ciudadanos. Aunque un individuo no puede, por contrato, privar a su gobierno de su derecho a aplicar recursos internacionales a las violaciones del derecho internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambas en inglés) cometidos en su perjuicio, puede (y en las circunstancias del caso la empresa demandante lo hizo) mediante una cláusula Calvo en un contrato acordar renunciar al derecho de invocar o aceptar la asistencia de su gobierno en los asuntos que surjan del contrato, y por lo tanto mediante dicha cláusula impidió que el gobierno de EE.UU. pudiera defender un caso ante la Comisión. Cada caso que implique una cláusula de la naturaleza de una cláusula Calvo debe ser considerado en sus méritos: si una cláusula Calvo pretendía impedir que un gobierno protegiera a sus nacionales en caso de que alguno de sus derechos hubiera sido infringido por otro gobierno en violación del derecho internacional (véase su concepto legal, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambas en inglés), o si el efecto de una cláusula Calvo estuviera garantizado de otra manera que no fuera por disposiciones contractuales expresas firmadas por el demandante (o un predecesor en el título) o en cualquier constitución o ley que el demandante no hubiera suscrito de alguna manera expresamente por escrito, no se le daría necesariamente efecto para impedirle presentar su reclamación a su gobierno o que éste la apoyara.

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la reclamación, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), y el pago.

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Recursos

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Véase también

Bibliografía

Doctrina calvo en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Más sobre Derecho Internacional Público en el Diccionario Legal Internacional

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  • Doble nacionalidad
  • Diplomacia pública
  • Despachos
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