Concepto de Dominio
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Dominio?
Dominio
Definición Básica de Dominio
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Dominio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Poder de usar y disponer de lo propio. | Superioridad, potestad o facultad legítima de una persona sobre otra u otras. | En Derecho POLÍTICO, territorio que se encuentra bajo la dominación de un Estado o de un soberano. | En la organización imperial inglesa, cada uno de los Estados, pueblos o colonias que gozan de autonomía y personalidad internacional plena dentro de la Comunidad Inglesa de Naciones, cuyo jefe simbólico es el rey de Inglaterra. (V. «COMMONWEALTH».) | Para el Derecho Civil, dominio significa tanto como propiedad o plenitud de facultades legalmente reconocidas sobre una cosa. | ABSOLUTO. El dominio propiamente dicho o propiedad; el dominio directo ya la vez el útil sobre una cosa. | DIRECTO. El que se reserva el propietario que cede el dominio útil de una cosa por enfiteusis, censo, feudo o derecho real análogo. | EMINENTE. En el Derecho Público, atribuciones o facultades que tiene el Estado para ejercer, como soberano, el dominio supremo sobre todo el territorio nacional, y establecer los gravámenes y cargas que las necesidades públicas requieran, ya sean impuestos, expropiaciones, limitaciones o prestaciones. | En el Derecho Privado, dominio eminente se considera sinónimo de dominio útil. | PLENO. El poder que uno tiene sobre alguna cosa para percibir sus frutos, excluir a los demás, enajenarla. | PRIVADO. El que corresponde a un particular, sea persona individual o jurídica. | PÚBLICO. El que corresponde privativamente al Estado sobre bienes que, sin pertenecer al uso común, se encuentran destinados a un servicio público o al fomento de la riqueza nacional. | REVOCABLE. «El que ha sido transmitido en virtud de un título revocable a voluntad del que lo ha transmitido; o cuando el actual propietario puede ser privado de la propiedad por una causa proveniente de su título». | ÚTIL. En general, la facultad de aprovechar las utilidades o beneficios de las cosas.
Dominio en el Derecho argentino
Para la toma de contacto de la voz sobre Dominio de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Dominio en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Dominio, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.
Absolutismo del dominio en la Enciclopedia Jurídica
Absolutismo del dominio en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Absolutismo del dominio)
Véase también
Dominio en la Enciclopedia Jurídica
Dominio en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
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- Esta voz en la Enciclopedia Legal
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Véase también
Limitación al dominio por lanzamiento espacial
Limitación al dominio por lanzamiento espacial en la Enciclopedia del Derecho
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- Esta voz en la Enciclopedia legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica para el estudiante y el profesional del derecho (incluyendo Limitación al dominio por lanzamiento espacial)
Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Otras búsquedas sobre Derechos Reales en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Dominio en la sección sobre los Derechos Reales pueden ser las siguientes:
- División de la cosa común
- Derechos accesorios
- Derecho de propiedad
- Delegación imperfecta
- Derechos accesorios
Noción de Dominio en Derecho Minero
Identifica los valores válidos para un elemento de datos. [1]Dominio
Dominio en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido dominio de la siguiente forma: Hecho de que una unidad económica ejerza sobre otra una influencia unilateral. Domain. Control. Propiedad, pertenencia, posesión de una cosa con el derecho a usarla libremente. La sociedad dominante en un grupo de empresas (véase más en la plataforma general) manifiesta su dominio mediante la mayoría de voto que puede ejercitar por sus participaciones en el capital, en la dirección y gestión, en los contratos de cesión tecnológica, financiación (véase más en la plataforma general) ajena, distribución comercial, etc. que refuerzan la dependencia de las dominadas respecto a la dominante. Vease Sociedad dominante. [1]
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Notas y Referencias
- Concepto de Dominio basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
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Notas y Referencias
- Definición de dominio proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (dominio) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.
Recursos
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Véase también
Bibliografía
- Definición de Dominio en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Dominio en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Dominio en el Diccionario Jurídico Mexicano
Dominio
Dominio: Conjunto de las facultades que sobre la cosa en propiedad corresponden a su titular.