Donación

Concepto de Donación

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Visualización Jerárquica en el Diccionario de Donación

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Donación?

Definición Básica de Donación

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Donación proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

En general, regalo, don, obsequio, dádiva, liberalidad. | «ANTE NUPTIAS». La realizada por razón del matrimonio, pero antes de la celebración de la boda. | CON CARGO. Aquella en la cual el donante establece una obligación para el donatario. | ESPONSALICIA. El regalo presente que, antes de celebrarse el matrimonio y por razón de la boda, hace el novio a la novia y, aun siendo menos frecuente, ésta o aquél. | INOFICIOSA. La que su pera la cantidad o porción de bienes de que el donante puede disponer a favor de extraños o de herederos legítimos. | ONEROSA. La que impone al donatario alguna carga, gravamen o prestación inferior al valor o utilidad que de lo donado obtiene; porque, en otro su puesto, de corresponderse lo recibido con lo dado, estaríamos ante alguno de los contratos conmutativos o frente a un innominado de do ut des o do ut facias. | «PROPTER NUPTIAS». En esta categoría se comprenden, en un sentido amplio, todas las donaciones que por razón del matrimonio reciben los cónyuges o uno solo de ellos. | PURA. La que entrega la cosa o bienes en el acto y sin condición alguna. | SIMPLE. La fundada exclusivamente en la liberalidad del donante. | UNIVERSAL. Teóricamente, la que comprende la totalidad del patrimonio del donante. | MUTUAS. Las que dos o más personas se hacen recíprocamente en un mismo acto.

Donación en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Donación

Significado de Donación en Derecho Español

Es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra que la acepta (Art. 618 del CC). Es necesaria la aceptación del donatario para la producción de efectos jurídicos o servicios prestados al donante, siempre que no constituyan deudas exigibles (Art. 619 del CC).

Donación en el Derecho argentino

Para la toma de contacto de la voz sobre Donación de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Donación en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Donación, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

Donación en la Enciclopedia Jurídica

Donación en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Contratos en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Donación en la sección sobre los Contratos Civiles pueden ser las siguientes:

  • Dolo malo
  • Desalojo rural
  • Depósito legal
  • Depositante
  • Desalojo rural

Contrato por el cual una persona, llamada donante, se desprende de un bien para transferirlo gratuitamente a otra, llamada donatorio (en el derecho peruano).

Donación en Derecho Romano

Explicación de donación en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa donario. Pacto legítinio que puede definirse como un acto de liberalidad por el cual una persona, el donante, se enipobrecía voluntariamente a favor de otra, el donatario. Debía reunir los requisitos siguientes: 1. Empodono& modal brecimiento del donante, o sea, que en virtud de la donación se operara una disminución en su patrimonio. 2. Consecuente enriquecimiento del donatario. 3. Animus donandi, o sea, que el donante tuviera la intención de realizar una liberalidad. 4. Consentimiento del donatario, salvo que se tratara de un pago hecho por el donante a un acreedor del donatario. La donación se podía hacer mediante entrega, promesa o perdón de una deuda que el donatario tuviera con el donante. Existían tres casos de revocación de la donación: 1. por ingratitud del donatario; 2. que el donatario no cumpliera con el modo seidado; 3. también se podía revocar la donación entre patronos y libertos cuando le naciera un hijo al patrono. La donación era irrevocable, como lo expresa Paulo: «Si uno salvó a alguien de los atracadores o del enemigo y cobra de él alguna cosa por ello, ésta es una donación irrevocable; no debe designarse como precio de un trabajo meritorio lo que, en consideración a la vida, no parece bien estimar con tasa» (Paulo, D. 39, 5, 34, 1

Más sobre el Concepto y la Evolución Histórica Romana de Donación

1). La ley Cincia de 204 a. C. prohibió hacer donaciones que excedieran de determinada cantidad, que no cono 48 cenios. Era una ley iniperfecta, ya que carecía de sanción, no anulaba las donaciones excesivas y tanipoco castigaba al infractor, pero otorgaba una excepción que paralizaba la acción del donatario que reclamara una donación mayor que la permitida. En el derecho posclásico apareció otra restricción, que fue la inscripción (insinuatio) en registros públicos de donaciones que excedieran de 200 sueldos, que aumentaron a 500 con Justiniano. Había diferentes clases de donaciones: por un lado, la donación mortis causa, o sea, a causa de muerte, que cobraba eficacia después de La muerte del donante y por el otro, las doiiaciones inrer vivos, que se hacían efectivas durante la vida tanto del donante como del donatario, entre ellas la donación modal y las donaciones entre cónyuges. (C. 8< 53 y 54; D. 39, 5; Insc. 2, 7.) W acción; derecho; donación niodal; donación por causa de muerte; donaciones entre cónyuges: excepción: ley; Ley Cincia; libertino o liberto; modo o carga; pactos legítimos; pago; sueldo

Donación en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Donación publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Acto por el cual una persona (llamada donante) enajena una cosa, de forma voluntaria, a otra (llamada donatario) que la acepta. La donación es un acto a título gratuito pues el donante no recibe nada a cambio como contraprestación y precisa que el donatario la acepte

Donación en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido donación de la siguiente forma: Entrega de bienes y servicios por una persona, física o jurídica, o institución sin exigir a cambio ninguna contraprestación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Donation. Gift. Grant. Cesión voluntaria de algo en favor de otra persona. [1]

Significado de Donación

Visión General y más Información sobre Donación

Para un conocimiento más exhaustivo de Donación, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»empresa-y-competencia»]

Recursos

Traducción de Donación

Inglés: Gift
Francés: Donation
Alemán: Schenkung
Italiano: Donazione
Portugués: Doação
Polaco: Darowizna

Tesauro de Donación

Derecho > Derecho civil > Propiedad de bienes > Transmisión de la propiedad > Donación
Empresa y Competencia > Forma jurídica de la sociedad > Sociedad > Sociedad sin fines de lucro > Fundación > Donación

Véase También

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Donación basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

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Traductor Español a Inglés: Donación en Inglés

Para traducir donación, ofrecemos el mayor traductor del mundo de términos jurídicos en línea. Traducción de donación (español) a inglés: Grant (el enlace es a Grant en la enciclopedia jurídica global en inglés). Sugiéranos, en la zona de comentarios de este diccionario jurídico, por favor, una mejor traducción de Donación

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Véase También

  • Donación revocable

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Véase También

  • Donación condicional

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Véase También

  • Obligación de Dar
  • Dar

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Véase también

Bibliografía

Donación

Donación: Contrato por el cual una persona transfiere a otra una parte o la totalidad de sus bienes.

Definición de Donación

Significado de Donación en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Contrato mediante el cual una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes. Transferencias de bienes de un individuo a otro sin remuneración alguna.

Significado Alternativo

Es el traslado de recursos que se conceden a instituciones sin fines de lucro, organismos descentralizados y fideicomisos que proporcionan servicios sociales y comunales para estimular actividades educativas, hospitalarias, científicas y culturales de interés general.

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