Concepto de Esponsales
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Esponsales?
En derecho de familia, los esponsales hacen referencia, tradicionalmente, al acuerdo o promesa de matrimonio que recíprocamente se hacen, por escrito, o en una ceremonia religiosa, dos personas (los contrayentes matrimoniles) con capacidad para ello.
Esponsales
Definición Básica de Esponsales
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Esponsales proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
La promesa de casarse que se hacen el varón y la hembra con recíproca aceptación. Esponsales deriva del verbo latino spotideo, que significa prometer.
Esponsales en el Derecho argentino
Para la toma de contacto de la voz sobre Esponsales de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Esponsales en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Esponsales, ofrece la plataforma online de Derecho argentino, a modo de síntesis de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.
Esponsales
Conceptos jurídicos relacionados con Esponsales en este Diccionario legal
- Desposorio
Definición Breve de Esponsales
Promesa bilateral mutuamente aceptada que dos personas de distinto sexo se hacen de contraer matrimonio más adelante (definición sobre Esponsales basada en los escritos de A. Belluscio).
Esponsales en la Enciclopedia Jurídica
Esponsales en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Esponsales)
Otras búsquedas sobre Derecho Matrimonial en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Esponsales en la sección sobre el Matrimonio y su disolución pueden ser las siguientes:
- Embargos de matrimonio
- Dispensa de impedimentos
- Depósito de incapaces
- Convenciones matrimoniales
- Dispensa de impedimentos
Promesa de contraer matrimonio que puede ser unilateral o bilateral y recíprocamente aceptada (en el derecho peruano). No genera obligación jurídica de contraer matrimonio (en el derecho peruano).
Esponsales en Derecho Romano
Explicación de esponsales en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa sponsalia. Promesa de futuro matrimonio. No daba lugar a acción para exigir su cumplimiento. Con el tiempo, se introdujo en l orna la costumbre de origen oriental consistente en entregar una cantidad de dinero, arras esponsalicias (arrae sponsaliciae), para garantizar la celebración del matrimonio, y en caso de que no se llevara a cabo por culpa de alguno de los contrayentes, el culpable perdía las arras entregadas. (C. 5, 1; D. 23, 1.) acción; matrimonio.
Definición de Esponsales
En el orden eclesiástico, Isipedia Derecho recoge el siguiente concepto de Esponsales en su glosario: Promesa de matrimonio hecha en alguna de las formas que la ley requiere para que surta algún efecto civil de mera indemnización en casos excepcionales de incumplimiento no motivado.
Otras voces afines a Esponsales pertenecientes al Derecho Canónico se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Escuelas
- Epanagopo
- Efecto devolutivo
- Duelo
- Diezmos
Esponsales
Recursos
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