Innominado

Concepto de Innominado

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Innominado?

Innominado

Definición Básica de Innominado

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Innominado proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Lo que no tiene nombre especial. Se designan como contratos innominados, en Derecho, aquellos que carecen de nombre particular; a diferencia de los nominados, que tienen denominación propia.

Innominado en la Enciclopedia Jurídica

Innominado en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

2 comentarios en «Innominado»

  1. a los fines de que comisione a un órgano auxiliar penal correspondiente para que se ejecute la efectiva salida del ciudadano CAL, actual ocupante favorecido con la medida preventiva cautelar innominada de restitución al inmueble “RAP”

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  2. a los fines de que comisione a un órgano auxiliar penal correspondiente para que se ejecute la efectiva salida del ciudadano CAL, actual ocupante favorecido con la medida preventiva cautelar innominada de restitución al inmueble “RAP”

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