Ius Cogens

Concepto de Ius Cogens

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Ius Cogens?

Nota: en este proyecto se trata de esta expresión en los siguientes lugares:

Significado de Ius Cogens en el Derecho Internacional

Significa, estrictamente, «Derecho Coercitivo,» el derecho obligatorio que se utiliza para designar una norma imperativa, principalmente (y de ahí su origen, véase más abajo) en derecho Internacional público, pero tambièn a los principios fundamentales del Derecho de la Unión Europea y, con ciertas reservas, el centroamericano, dado que se considera que constituye una norma imperativa e inderogable vàlida universalmente, que no admite acuerdo en contrario y que tiende medularmente a proteger, al menos teóricamente, los derechos más esenciales y las libertades fundamentales del ser humano.

La expresión ius cogens fue definida por primera vez en el artículo 53 del texto de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de fecha 23 de mayo de 1969, utilizando los siguientes términos:

«Es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general. Para los efectos de la presente Convención, una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter».

En relación con el Principio del Consentimiento para el Acceso a la Corte Internacional de Justicia

Juan Antonio Quindimil López y otros autores de la doctrina internacionalista han escrito sobre si las normas de ius cogens pueden llegar a fundamentar la competencia contenciosa de la Corte Internacional de Justicia más allá o en lugar de la voluntad de los Estados.

En este caso, la propia Corte Internacional de Justicia ha reconocido implícitamente que una norma de ius cogens podría llegar a limitar el principio de consentimiento estatal, de forma que al haber afirmado que las normas de ius cogens no pueden proporcionar por sí mismas un fundamento de jurisdicción, la Corte está implícitamente admitiendo que las normas de ius cogens pudiesen llegar a constituir tal fundamento, si bien para ello necesitarán de otros elementos que están por determinar, y que habrán de buscarse en las circunstancias del caso, los propios pronunciamientos de la Corte, la jurisprudencia de otros tribunales y las aportaciones de la doctrina.

Recursos

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Bibliografía

  • MIAJA DE LA MUELA, A.: Ius cogens e Ius dispositivium en Derecho Internacional público, Libro homenaje P.L. Legaz. Santiago de Compostela. 1960.
  • MORELLI, G.: Norme dispositive di Diretto Internazionale, Rev. Droit. Inter. T. 11.
  • SCHWELB, S.: Some Aspects in International ius cogens as Formulated by The International Law Commission, Am. Fourn. Of Int. Law. 1967—4.

Significado de Ius Cogens

En la orden jurídico internacional, un breve concepto de ius cogens podría ser el siguiente: Normas jerárquicamente superiores y de obligado cumplimiento por todos los miembros de la Comunidad Internacional. Para un mayor desarrollo doctrinario, la enciclopedia jurídica internacional ofrece, respecto de ius cogens, una descripción más pormenorizada.

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