Ley

Concepto de Ley

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Ley

De acuerdo con el Diccionario María Moliner de uso del español, del siguiente modo:

ley (del lat. lex, legis)
1 f. Nombre aplicado a las *reglas naturales a que están sometidos los fenómenos de la naturaleza, de modo que éstos se verifican siempre según ellas y, por tanto, se pueden predecir. 5 Expresión de cualquiera de esas *reglas: ‘La ley de Newton [o de la gravedad]’. 2 Fórmula.
2 *Precepto dictado por un gobernante. 5 En sentido restringido, los importantes, aprobados por el poder legislativo de la nación y promulgados por el soberano o autoridad suprema de ella. 5 Conjunto de todo lo que está dispuesto en las leyes y es, por tanto, legal: ‘Conforme a la ley’. Puede usarse como partitivo: ‘Según [es de] ley’. 5 Nombre abstracto aplicado al conjunto de normas creadas por los hombres para regular sus relaciones: ‘Vivir fuera de la ley’. 1 Derecho, legalidad.
3 En algunas expresiones, como ser de ley, equidad o *justicia.
4 *Regla establecida con carácter general para cualquier actividad, particularmente para los juegos y deportes.
5 *Religión: ‘La ley de los musulmanes. La ley de Moisés’.
6 En los códigos antiguos, cada división equivalente a los *artículos de los actuales.
7 Proporción de *oro o *plata que entra en las monedas o en otros objetos de esos metales.
8 Miner. Cantidad de metal útil que contiene una mena.
9 Calidad, peso o medida que corresponde a una *mercancía según la ley.
10 pop. *Cariño: ‘Tiene ley a la familia con quien vive’.
ley antigua Ley de Moisés.
l. de arrepentimiento Perú La que contempla la reducción de penas o la libertad para los detenidos que delaten a sus cómplices o cabecillas en delitos de terrorismo y narcotráfico.
l. de bases La que contiene solamente las normas fundamentales que hay que desarrollar después en leyes complementarias.
l. caldaria La que ordenaba la *prueba judiciaria del agua hirviendo. 2 *Juicio de Dios.
l. de Dios Conjunto de preceptos contenidos en el *Decálogo.
l. de duelo Conjunto de normas establecidas para celebrar un *desafío.
l. del embudo (por la forma del embudo, ancho por una parte y estrecho por otra) inf. Expresión con que se comenta la conducta de quien impone a los demás una norma que él mismo no guarda. 2 *Arbitrario.
l. del encaje inf. Resolución de un juez tomada según su criterio, sin fundamento legal. 2 *Tribunal.
l. escrita 1 Preceptos que entregó Dios a Moisés en el monte Sinaí. 1 *Decálogo. 2 Ley que consta escrita en códigos, etc.
l. de fugas La que posibilita que las fuerzas de orden público disparen sobre un detenido cuando éste, real o supuestamente, intenta escapar.
l. fundamental Der. La que establece los principios básicos por los que se debe regir la organización jurídico-política de un estado; como la Constitución en España.
l. de gracia Ley nueva.
l. habilitante Ven. La que otorga al presidente de la República la potestad absoluta para legislar sobre algún tema concreto o por un periodo de tiempo limitado.
l. de Mahoma Religión *musulmana.
l. marcial Der. (Proclamar la) Legalidad que rige durante el *estado de guerra. 5 Der. Ley penal dictada en tal ocasión.
l. de Moisés Conjunto de preceptos religiosos, morales y relativos al culto dictados por Dios a los israelitas por medio de Moisés, que constituyen la religión de los *judíos. 1 Ley antigua, ley vieja, ley mosaica.
l. mosaica Ley de Moisés.
l. natural La que se basa exclusivamente en la razón individual que dictamina lo que se ha de hacer o lo que debe omitirse.
l. nueva *Cristianismo. 1 Ley de gracia.
l. de la oferta y la demanda Principio según el cual en las economías de mercado los precios y otros aspectos de la actividad económica están determinados por la relación entre la oferta y la demanda.
l. orgánica Se denominan así en España las fundamentales, que constituyen complementos de la Constitución y regulan los derechos fundamentales y determinados órganos del Estado.
l. positiva Norma legal escrita.
l. sálica Cierta ley que, en Francia, y en ciertas épocas en España, excluía del trono a las *mujeres. 2 *Genealogía.
l. seca La que, en los Estados Unidos, prohibía el tráfico y consumo de bebidas alcohólicas.
l. de la selva Norma de conducta en la que impera una gran competitividad para obtener el mayor beneficio personal sin tener en consideración los derechos ajenos.
l. del silencio Actitud colectiva de no informar a la policía sobre un hecho delictivo, por un compromiso contraído o por temor a las represalias. 5 Actitud de una colectividad concreta de mantener silencio sobre determinado asunto: ‘El entrenador impuso la ley del silencio al equipo’.
l. del talión La que castiga con un daño igual al que se ha cometido. 1 Pena del talión.
l. de la ventaja Dep. Particularmente en el fútbol, principio del reglamento que consiste en no castigar la falta que ha cometido un jugador cuando el contrario tiene el control del balón y se considera que interrumpir el juego puede beneficiar al infractor.
l. vieja Ley de Moisés.
allá van leyes do quieren reyes Refrán que significa que los poderosos hacen las leyes y se las aplican a sí mismos como quieren. 2 *Arbitrario.
bajar [o subir] de ley Disminuir o aumentar, respectivamente, la parte más valiosa de un metal o de un objeto de metal, con respecto al total del peso o volumen.
con todas las de la ley Con todos los detalles o requisitos que cabe pedir: ‘Hemos hecho un contrato con todas las de la ley’. 2 *Completo.
dar la ley Servir de *modelo en ciertas cosas.
de buena ley Aplicado a personas y acciones, bueno, *honrado o *moral.
de ley 1 Se aplica al *oro o la *plata que tienen de esos metales la riqueza señalada por la ley. 2 Aplicado a personas, leal.
el que [o quien] hace la ley, hace la trampa Frase con que se expresa que en todas las disposiciones hay algún punto que permite que las *eluda quien se lo propone.
hecha la ley, hecha la trampa El que hace la ley, hace la trampa.
V. doctor de la ley, igualdad ante la ley, oro de ley, persona de leyes, tablas de la ley.
■ Catálogo
Otra forma de la raíz, leg-. Otra raíz, ju-.
Bando, carta, cédula real, dahír, decretazo, decreto, decreto-ley, real decreto, directiva, *disposición, edicto, estatuto, Estatuto Real, firmán, letra, mandato, medida, orden, ordenanza, pragmática, precepto, prevención, providencia, regla, senadoconsulto, sobrecédula, ucase.
Auténtica, basílicas, código, constitución, cuerpo legal, decálogo, digesto, fuero, novela, Ordenamiento Real, Pandectas, Partidas, Las Siete Partidas, Nueva [o Novísima] Recopilación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).
Apartado, artículo, capítulo, preámbulo, título.
Abolir, abrogar, acatar, *ajustarse, *anular, aplicar, atenerse, cumplir, dar, decretar, derogar, despenalizar, dictar, disponer, dejar sin efecto, establecer, estatuir, firmar, guardar, *infringir, interpretar, invalidar, mantener, *obedecer, obligar, observar, promulgar, refrendar, respetar, revocar, sancionar, servar, someterse, sujetarse, poner en vigor.
*Asamblea, cámaras, congreso, *cortes, cuerpos colegisladores, poder legislativo, senado.
Infracción, vigencia.
Enmienda.
Candado, guillotina.
Anticonstitucional, draconiano.
Greuge.
Ipso jure, por ministerio de la ley.
Cúmplase.
Desuso.
Excepción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).
Juridicidad.
Isonomía.
Irretroactividad.
Legalista, ordenancista, reglamentista.
Plebiscito, referéndum.
Costumbre.
*Derecho. *Gobierno. *Justicia. *Mandar. *Política.

Concepto de Ley

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Ley proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Genéricamente, modo de ser y obrar los seres. | Propiedades y relaciones entre las cosas, según su naturaleza y coexistencia. | Regia, norma, precepto de la autoridad pública, que manda, prohíbe o permite algo. | La expresión positiva de] Derecho. | Regla de conducta obligatoria dictada por el Poder legislativo, o por el ejecutivo cuando lo sustituye o se arroga sus atribuciones. | Ampliamente, todo reglamento, ordenanza, estatuto, decreto, orden u otro mandamiento de una autoridad en ejercicio de sus atribuciones. | El Derecho escrito, como contraposición a la costumbre. | Cualquier norma jurídica obligatoria. | El Derecho objetivo. Además, fidelidad, lealtad. | Requisitos o condiciones para un acto. | En el orden físico, sucesión invariable de los fenómenos con arreglo a la relación de causa a efecto. | Religión (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Calidad, peso o medida. | Aleación de los metales, de las monedas. | Conjunto de leyes o código; como la Ley de Enjuiciamiento Civil. | En los textos antiguos, última de las subdivisiones de los cuerpos legales, luego de libro, título, capítulo y epígrafe, correspondiente a los actuales artículos; pero con numeración especial para cada una de tales partes. | ADJETIVA. La que regula la aplicación de otra, llamada substantiva, limitada por lo común a exponer el precepto. | ADMINISTRATIVA. La relativa a la organización general del Poder ejecutivo, al funcionamiento de sus órganos y a los servicios públicos. | AGRARIA. Entre los romanos, la que ordenaba la distribución de las tierras conquistadas a otros pueblos. | La que determinaba el máximo de yugadas de tierra que podía poseer cada ciudadano. | Por antonomasia, la de los Gracos, (V. DERECHO AGRARIO) | Proyecto de reparto de las tierras entre los que las cultivan o entre los menesterosos. | Ley agraria es toda aquella que se refiera a la agricultura; como la tan notablemente estudiada por Jovellanos. | También, toda reforma agraria que tienda a una mejor distribución de la tierra, dando participación en su propiedad a los que la labran, base de su mejor explotación y de la mayor riqueza nacional. | ANTIGUA. La ya derogada. | La vigente desde mucho tiempo ha. | En Derecho Canónico, la de Moisés o Antiguo Testamento, derogada, al menos en lo ceremonial, por la ley nueva, la de Jesucristo. Las normas morales se mantienen por la Iglesia, y están resumidas en el Decálogo. | CANÓNICA. La de la Iglesia católica; el conjunto de cánones, leyes, constituciones, decretos y otros mandamientos que, dados por los pontífices o por los concilios, integran el Derecho Canónico (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | CIVIL. La que regula los derechos que los hombre gozan entre ellos y la que establece las formas y los efectos de las convenciones privadas. | El código civil. | La que declara los derechos, fija las obligaciones y prohíbe determinados actos; en contraposición a la penal, que castiga las omisiones de lo ordenado y las in fracciones de lo prohibido. | Ley privada, frente a la ley pública. | Ley substantiva. | Ley referente a los individuos en su generalidad, para distinguirla de la ley militar, de la canónica, concretadas a un estado especial o a un aspecto de la vida. | COERCITIVA. La que reprime las acciones perniciosas: el dolo y la mala fe, el daño material o espiritual, toda clase de perjuicios y los atentados contra la moral o las buenas costumbres. | DE BRONCE DEL SALARIO. Teoría económica de Marx, completada por Lasalle, según los cuales el obrero solamente llega a ganar el salario necesario para poder vivir él y su familia. Se funda en la ley de la oferta y de la demanda; y establece que el trabajo constituye una mercancía que se compra y se vende, con un precio en el mercado: la venden los obreros y la compran los patronos, y el salario es su precio. | DE DERECHO PRIVADO. Cualquiera de las normas positivas que pertenecen al Derecho Privado (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | DE DERECHO PÚBLICO. Toda regla jurídica escrita, debidamente formada y obligatoriamente impuesta, relativa al Derecho Público (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | DE DIOS. Teológicamente, con indirecto reflejo en el Derecho positivo, la voluntad divina y la recia razón. | DE EMERGENCIA. Anglicismo difundido en América para referirse a las leyes de excepción, impuestas por necesidades de orden público o ante imprevistas y graves circunstancias, que exigen, con carácter transitorio, medidas radicales y expeditas para remediar el malo evitar su propagación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). (V. LEY DE EXCEPCIÓN.) | DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. En España, la que establece las reglas de procedimiento civil, análoga a los Códigos procesales de otros países. | DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL. La que regula las actuaciones judiciales en materia penal. | DE EXCEPCIÓN. Esta denominación parece chocar con uno de los caracteres de la ley: la generalidad, enemiga de la excepción, siempre con resabio de privilegio. | DE LAS XII TABLAS. Denominadas Lex o Legis XII Tabullarum y Lex deceniviralis, fueron redactadas en Roma las diez primeras el año 33 y las dos últimas el 304. Era el Código donde aparecía compendiado el antiguo Derecho nacional romano; esto es, la codificación de Derecho vigente en Roma en el momento de su redacción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | DE ORDEN PRIVADO. La permisiva o la supletoria; es decir, la que deja en libertad para obrar o abstenerse, y para proceder de una forma u otra, dentro de la esfera de tolerancia o autonomía reconocida. Tales son casi todos los preceptos en materia de obligaciones y contratos. (V. LEY DE ORDEN PÚBLICO.) | DE ORDEN PÚBLICO. En sentido amplio, lo mismo que ley coactiva; o sea, la que establece una prohibición rigurosa (como en ciertas legislaciones, la relativa al divorcio vincular) o aquella que impone una obligación ineludible (como todas las contributivas, las penales, las militares, las relativas a la paz pública ya la moral predominante). | DE TÉRMINOS. Locución peculiar de las naciones angloamericanas, en las cuales se hace con ello referencia a las disposiciones legales que establecen los límites perentorios para entablar las diferentes acciones o procedimientos ante los tribunales de justicia o ante los órganos de la Administración pública. | DEL EMBUDO. Ingeniosa expresión popular para referirse a la desigualdad de trato, amplio o liberal para lo que nos interesa o para los de uno, y riguroso y estricto para el prójimo y en especial para el contrario o enemigo. | DEL ENCAJE. Fallo o dictamen discrecional de u n juez sin atenerse a lo dispuesto en las leyes. | DIRECTA. La que manda o prohíbe el acto mismo que quiere producir o prevenir. El precepto que establece la mayoría de edad al cumplir determinados años es una ley directa; la que prohíbe la importación o exportación de artículos determinados lo es asimismo, aunque con carácter negativo. | EN BLANCO. La de índole penal cuando establece la sanción sin concretar la figura delictiva. | ESCRITA. La verdadera ley, al menos en sentido estricto; la que, como su mismo nombre indica, está escrita en un documento, que hoy día es el papel; pero que en otros tiempos ha sido el pergamino, el papiro e incluso la piedra, como el Decálogo en la descripción bíblica (Éxodo, XXIV, 12). | ESPECIAL. La relativa a determinada materia, como la de aguas, minas, propiedad intelectual, caza, pesca, hipotecaria, de contrabando, etc. | EXTRATERRITORIAL. La que sigue al ciu
dadano de un país allí donde vaya, o aquella que surte efecto fuera de su nación de origen; y esto, ya por convenios diplomáticos o por principios de Derecho Internacional Privado. (V. LEY PERSONAL.) | FORMAL. La ley substantiva que determina ciertas solemnidades para la validez y eficacia de los actos y contratos jurídicos o la que reconoce la libertad de las partes para probarlos por cualquiera de los medios establecidos en Derecho. | FUNDAMENTAL. Se designa con este nombre a la Constitución del Estado, por ser el verdadero fundamento de todas las otras leyes. | GENERAL. La que comprende por igual a todos los habitantes, súbditos o ciudadanos. | INDIRECTA. La que manda o prohíbe ciertos actos por la conexión más o menos inmediata con el hecho principal. | MARCIAL. La de orden público, que entra en vigor al declararse el estado de sitio. | Bando o precepto penal que en tal situación se establece. | NO ESCRITA. Denominación de la costumbre como fuente del Derecho. (V. LEY ESCRITA) | ORDINARIA. La común o civil en cuanto no es ni privilegiada en relación con una persona ni para un estado. (V. LEY DE EXCEPCIÓN.) |

ORGÁNICA. La dictada con carácter complementario de la Constitución de un Estado, por ordenar ésta la formación de una ley especial para desenvolver u n precepto o institución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Asimismo, la disposición legal que estructura una rama fundamental de la Administración pública. | PARTICULAR. Es la que comprende tan sólo a una clase de ciudadano. Se contrapone a ley general. | PENAL. La que define los delitos y las faltas, determina las responsabilidades o las exenciones y especifica las penas o medidas de seguridad que a las distintas figuras delictivas o de peligro social corresponde. | PERFECTA. La que contiene un precepto positivo o negativo (mandato o prohibición), y la acción o castigo que procede en caso de infracción o abstención (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | PERMISIVA. La que regula una materia sin mandar ni prohibir definitivamente, por Cacuitar a los interesados par regirse con libertad. En caso de no ejercer tal derecho la ley permisiva rige como supletoria y de modo forzoso. | PERSONAL. N o se refiere en forma alguna a la individual, al privilegio; sino a la que acompaña, en cuanto a determinadas relaciones jurídicas únicamente, a la persona, aun cuando no se encuentre en su país de origen. | POLÍTICA. La constitución de un Estado. | La norma jurídica que regula las relaciones entre la nación o el poder público y los ciudadanos o habitantes del territorio sometido a su jurisdicción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). (V. DERECHO PÚBLICO.) | También, las leyes reguladoras de las relaciones internacionales. | En sentido más restringido, la referente a la organización y relaciones de los Poderes ejecutivo y legislativo, al nombramiento del jefe de Estado, a la materia electoral, a las asociaciones o partidos políticos y a los derechos y garantías individuales. (V. LEY PRIVADA.) | POSITIVA. La escrita que procede del legislador. | La vigente. (V. DERECHO POSITIVO. LEY.) | PRIVADA. La concerniente a los intereses particulares de los individuos, en sus personas y cosas, y la que rige el régimen de sus convenciones. (V. DERECHO PRIVADO) | PROCESAL. La que rige la tramitación contenciosa o voluntaria de causas o negocios ante jueces y tribunales. | PROHIBITIVA. La que impide una acción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | La que declara ilícito un proceder. | REMUNERATORIA. La que estimula el noble proceder en la vida pública o recompensa, mediante premios honoríficos o materiales, los actos de utilidad o sacrificios. |

SÁLICA. La establecida por los antiguos francos o salios (de los cuales toma su nombre), luego de dejar los bosque de Germania, y mantenida después por la monarquía francesa, muy poco cortés en este aspecto, para privar a las hembras, a falta de descendientes varones, de! derecho a heredar la corona. También queda excluido de la sucesión regia todo varón que entronque con la realeza por rama femenina. | SECA. La que prohíbe el consumo y el tráfico de las bebidas alcohólicas. | SUBSTANTIVA. La que concede un derecho o impone una obligación; la que permite o prohíbe ciertos actos; la reguladora de las instituciones jurídicas. Se contrapone a la ley adjetiva (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital), que establece los medios para efectividad y garantía de las relaciones y normas de fondo. (V. DERECHO SUBSTANTIVO.) | SUNTUARIA. Aquella que se propone implantar moderación en los gastos y gravar el lujo hasta su destrucción si es posible. | SUPLETORIA. La que por expresa disposición suya, o por precepto de u n texto especial, rige las materias no reguladas o no previstas por éste. |

SUPREMA. En el ordenamiento positivo, la ley suprema es la Constitución de un pueblo. | Para los canonistas, ley suprema no es sino la voluntad divina en su revelación al hombre. | También se aplica esa denominación para referirse al interés máximo en u n momento dado o como principio de la vida pública; y así se proclama como ley suprema el bien y la grandeza de la nación propia. | TERRITORIAL. La obligatoria para toda persona, goce de ciudadanía o no, que habite o se encuentre en el territorio de la nación que la promulga. | TRANSITORIA. La de vigencia limitada por ella misma. | La que ha regido durante muy poco espacio de tiempo. | Aquella intermedia entre dos momentos diversos de un régimen o de una institución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | La reguladora de las situaciones especiales derivadas de las innovaciones legislativas; ya para prolongar la aplicación de la ley antigua en cuanto a las situaciones creadas a su amparo o como consecuencia de la misma, o para darle mayor o menor efecto retroactivo a la ley nueva.

Ley en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Ley

Significado de Ley en Derecho Español

Regla, norma. Disposición emanada del poder legislativo.

Etimología de Ley

Del lat. “lex” gen. “legis” (compárese con el it. “legge”, fr. “loi”) y deriva del verbo lat. “ligare” – “ligar, unir, obligar”, probablemente del sentido figurativo de “unir una persona a un deber o responsabilidad”. Éstas derivan a su vez de la raíz indoeuropea *leig- (cf. religión), como también en el germánico *lik-. Entre otras palabras latinas emparentadas se encuentran: “liga”, “legado”, “aliar”, “obligar”, “religión”, “ligamento” y las palabras derivadas de “lex” como: “legislativo”, “legislatura”, “legalizar”, “legal”.

Ley

Ley: Es el tipo de norma jurídica dictada por el poder público; tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común, es además un medio para facilitar a los individuos el conocimiento del Derecho Positivo.

Significado Alternativo

El conjunto de leyes en un país forman el derecho escrito de ese país. Acto jurídico qué genera obligaciones.

Significado Alternativo

Norma jurídica obligatoria y general dictada por legitimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines.
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Ratio Legis

Ratio Legis: La razón de la ley

Preguntas Generales de La Ley

Conceptos jurídicos relacionados con Preguntas Generales de La Ley en este Diccionario legal

  • Generales de la ley

 

Ley en el Derecho civil

Consulte en este diccionario jurídico las definiciones y significados de las palabras en español, sinónimos y antónimos, relacionados con este término de derecho civil.

Ley en la Enciclopedia Jurídica

Ley en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Ley en el Diccionario Jurídico Online Bilingüe (Español-Inglés)

Este diccionario legal de español ofrece un glosario de términos jurídicos español-inglés sobre comercio exterior y equivalencias de términos jurídicos en inglés. A tal efecto, la traducción inglés-español de ley es law. En internet hay otros traductores de textos jurídicos gratis, como iate, linguee y tradulex.

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Noción de Ley en Derecho Minero

Contenido de metal valioso en una mena, expresado generalmente en porcentaje o en gramos de metal por tonelada de mena. [1]Norma jurídica general dictada por el Parlamento (en el derecho peruano).

Ley en Derecho Romano

Explicación de ley en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa lex. Una de las fuentes formales del derecho romano. Papiniano la caracteriza como un «precepto común» (Papiniano, D. 1, 3, 1) y las Instituciones de Justiniano dicen: «Ley es lo que el romano establecía interrogándole un magistrado senatorial, como por ejemplo un cónsul» (Inst. 1,2, 4). Las explicaciones anteriores se refieren a las leyes comiciales, o sea, las leyes que provenían de los comicios, también llamadas leyes rogadas (leger rogatae) porque eran votadas por el pueblo reunido en el comicio a propuesta de un magistrado. De acuerdo con la sanción prevista por la ley en caso de incumplimiento, éstas se clasificaban en leyes perfectas, menos que perfectas, imperfectas y más que perfectas. Una ley era perfecta cuando la sanción consistía en la anulación del acto violatorio; menos que perfecta era aquella ley que, aunque castigaba al culpable, el resultado del acto violatorio no desaparecía. Por su parte, una ley imperfecta era aquella que, de ser transgredida, carecía en sí misma de sanción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Finalmente, más que perfecta era la ley que combinaba el castigo al infractor con la anulación de los resultados del acto violatorio. Las leyes rogadas se conocen Ley Aeha por el nombre del cónsul que las Senoa propuso y el de su colega, por ejemplo, Ley Poetelia Papiria o con uno solo, cuando la propuesta hubiera sido hecha por un dictador, como es el caso de la Ley Hortensia. Había también las leyes dadas (leges datae), que se referían a la organización de las provincias incorporadas al Estado romano. Eran implantadas en la República por un magistrado y en el Imperio por el emperador, sin consultar al pueblo, en virtud de la delegación que éste hacía en ellos. Véase: comicios; emperador; Imperio romano; Instituciones de Justiniano; Ley Hortensia; Ley Poetelia Papiria; República.

Ley en Derecho Electoral

Ley en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido ley de la siguiente forma: Relación necesaria que enlaza entre sí fenómenos naturales y regla constante que la expresa. Precepto dictado por la máxima autoridad en el que se manda o prohibe algo. Proporción en la que un metal precioso entra en una aleación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Law. Fineness. Cantidad de metales preciosos (oro, plata y otros) que deben formar las aleaciones de las monedas. [1]

Visualización Jerárquica en el Diccionario de Ley

Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Fuentes del Derecho > Legislación

Significado de Ley

Visión General y más Información sobre Ley

Para un conocimiento más exhaustivo de Ley, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»derecho»]

Recursos

Traducción de Ley

Inglés: Legal rule
Francés: Loi
Alemán: Gesetz
Italiano: Legge
Portugués: Lei
Polaco: Ustawa

Tesauro de Ley

Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Fuentes del Derecho > Legislación > Ley

Véase También

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Ley basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

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Traductor Español a Inglés: Ley en Inglés

Para traducir ley, ofrecemos el mayor traductor del mundo de términos jurídicos en línea. Traducción de ley (español) a inglés: Act (el enlace es a Act en la enciclopedia jurídica global en inglés). Sugiéranos, en la zona de comentarios de este diccionario jurídico, por favor, una mejor traducción de Ley

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Definición de ley proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (ley) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.

Recursos

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Véase también

Bibliografía

Definición de Ley

En la historia de las instituciones romanas, Isipedia Derecho recoge el siguiente concepto de Ley en su glosario: En el Diccionario de la Real Academia Española, la tercera acepción señala: «Precepto dictado por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados». La cuarta acepción afirma: «Se dice en el régimen constitucional, respecto de la disposición votada por las Cortes».

Uso de Ley en Relación a: Ordonnance (con Respecto al Derecho Comparado)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «ley»: Una ordonnance (término francés utilizado para denominar ciertas normas jurídicas) no es una «ordenanza» (acto normativo de rango inferior que habitualmente emana de las administraciones locales). En el derecho francés, por ejemplo, las ordonnances son normas adoptadas por el Gobierno en materias reservadas normalmente a la ley; en el derecho suizo, las ordonnances son normas aprobadas por la Asamblea Federal (Parlamento) o el Consejo Federal (Gobierno). Según el caso, ordonnance podrá traducirse como «Decreto» (aprobado por el Gobierno, con rango reglamentario), «Decreto ley» o «Decreto legislativo» (aprobado por el Gobierno, con rango de ley), «Reglamento», «Orden» (ministerial) o, simplemente, «Ley».

Uso de Ley en Relación a: Statute (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «ley»: Un statute puede ser: Una norma aprobada por un órgano legislativo nacional, regional o provincial. En estos casos puede traducirse simplemente como «ley» [véase también Statutory law]. La norma y el documento constitutivos de ciertas personas jurídicas (sociedad civil o comercial, asociación o fundación) en que se establecen, entre otras cosas, su nombre, objeto, órganos de gobierno y derechos y obligaciones de los socios, así como disposiciones sobre su patrimonio, administración y fiscalización (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). En este caso, statute se traduce como «estatuto». Es también el nombre que se suele dar al documento constitutivo de los tribunales internacionales (Corte Penal Internacional, Tribunal Especial para el Líbano, Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas, etc.). En este caso también se traduce como «estatuto».

Uso de Ley en Relación a: Act (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «ley»: Act es un término con múltiples acepciones pero que, en el contexto jurídico, suele utilizarse para referirse a los legislative acts, es decir, a los statutes [véase Statute]. Se trata por tanto de una norma aprobada por un órgano legislativo (Parlamento, Asamblea Legislativa, Congreso, Cortes, etc.) y se traduce simplemente como «ley»

Definición de Ley

Significado de Ley en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Norma jurídica de carácter obligatorio y general dictada por el poder legítimo para regular conductas o establecer órganos necesarios para cumplir con determinados fines, su inobservancia conlleva a una sanción por la fuerza pública.

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