Libre Circulación de Personas

Concepto de Libre Circulación de Personas

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Visualización Jerárquica en el Diccionario de Libre circulación de personas

Derecho > Derecho internacional > Derecho internacional público
Derecho > Derechos y libertades > Derecho del individuo > Libertad de circulación
Unión Europea > Construcción europea > Profundización de la Unión Europea > Mercado único
Unión Europea > Construcción europea > Profundización de la Unión Europea > Europa de los ciudadanos
Asuntos Sociales > Movimientos migratorios > Migración > Movilidad geográfica
Trabajo y Empleo > Empleo > Política de empleo > Política de empleo de la UE > Libre prestación de servicios
Trabajo y Empleo > Empleo > Política de empleo > Política de empleo de la UE > Libre circulación de trabajadores
Unión Europea > Construcción europea > Unión Europea > Espacio de libertad, seguridad y justicia > Cooperación judicial civil en la Unión Europea
Unión Europea > Construcción europea > Unión Europea > Espacio de libertad, seguridad y justicia
Asuntos Sociales > Movimientos migratorios > Migración > Política migratoria > Política migratoria de la UE

Significado de Libre circulación de personas

Visión General y más Información sobre Libre circulación de personas

Para un conocimiento más exhaustivo de Libre circulación de personas, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»asuntos-sociales»]Libre circulación de personas (visados, asilo, inmigración y otras políticas): El tratado internacional de Ámsterdam, en vigor desde el 1 de mayo de 1999, inscribió un nuevo Título IV en el tratado internacional CE. Abarca los siguientes ámbitos
– la libre circulación de personas
– los controles en las fronteras exteriores
– el asilo, la inmigración y la salvaguarda de los derechos de los nacionales de terceros países;
– cooperación judicial en materia civil.
Estos ámbitos estaban incluidos en el Título VI del tratado internacional de la UE (Justicia y Asuntos de Interior), pero ahora el tratado internacional de Ámsterdam los ha «comunitarizado», es decir, los ha incluido en el marco jurídico del primer pilar. Tras un periodo de transición de cinco años después de la entrada en vigor del tratado internacional de Ámsterdam
– la Comisión Europea tendrá el único derecho de iniciativa
– el Consejo podrá decidir por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo, sobre la aplicación del voto por mayoría cualificada y el procedimiento de codecisión;
– sin embargo, el paso a la votación por mayoría cualificada y al procedimiento de codecisión es automático (sin necesidad de que el Consejo vote por unanimidad) para la expedición de visados y las normas relativas al visado uniforme.
El tratado internacional de Niza ha ampliado el alcance de esta transición automática de la votación por unanimidad a la mayoría cualificada. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En primer lugar, la votación por mayoría cualificada se aplica a partir de la entrada en vigor del tratado internacional de Niza en los ámbitos del asilo y los refugiados (a condición de que se haya adoptado una legislación comunitaria) y de la cooperación judicial en asuntos civiles con dimensión transfronteriza, excepto en los aspectos relacionados con el derecho de familia. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En segundo lugar, el voto por mayoría cualificada se aplica desde el 1 de mayo de 2004 a las medidas relativas a la libre circulación de nacionales de terceros países en el territorio de los Estados miembros por un periodo máximo de tres meses, a la inmigración ilegal y a la cooperación administrativa en materia de libre circulación de personas. La Constitución Europea (cuyo tratado no fue ratificado), actualmente en proceso de ratificación, prevé que las políticas de control de fronteras, visados, asilo e inmigración se conviertan en políticas comunes. [rtbs name=»tratados-internacionales»] Establece los principios que deben seguirse en cada una de ellas:
– respecto a las fronteras y los visados, confirma la supresión de los controles fronterizos dentro de la Unión Europea y aboga por la gestión integrada de las fronteras; la simplificación de las normas que regulan los visados de corta duración y los permisos de residencia; el respeto de las competencias de los Estados miembros en cuanto a la delimitación geográfica de sus fronteras de acuerdo con el derecho internacional;
– en materia de asilo, incorpora el concepto de un sistema europeo común de asilo, utilizado en la conclusión del Consejo Europeo de Tampere (1999) pero no en los tratados internacionales (véase, en general, sobre los instrumentos internacionales) de Ámsterdam o Niza. Debe aplicarse el procedimiento de codecisión, excepto para las medidas que deben adoptarse en caso de afluencia masiva de nacionales de terceros países;
– en materia de inmigración, la Constitución prevé una política común para garantizar la gestión eficaz de los flujos migratorios, el trato justo de los nacionales de terceros países, la prevención y la lucha contra la inmigración ilegal y el tráfico de personas.
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Recursos

Traducción de Libre circulación de personas

Inglés: Free movement of persons
Francés: Libre circulation des personnes
Alemán: Freier Personenverkehr
Italiano: Libera circolazione delle persone
Portugués: Livre circulação de pessoas
Polaco: Swobodny przepływ osób

Tesauro de Libre circulación de personas

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Véase También

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