Mar Territorial

Concepto de Mar territorial

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Nota: Véase la información relativa al Límite Exterior del Mar Territorial.

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mar Territorial?

Concepto de Mar Territorial

Una definición sucinta de Mar Territorial puede ser la siguiente: Parte del mar – en la extensión determinada por el derecho internacional – sobre la que el Estado ribereño puede realizar actos de soberanía, siendo como una prolongación de su territorio.

Concepto Alternativo de Mar Territorial

Significado de mar territorial en relación con los conflictos armados: Zona de mar adyacente a la costa cuya anchura determinada por el Estado ribereño no puede exceder 12 millas medidas a partir de la línea de base.

El límite exterior del mar territorial es la línea cada uno de cuyos puntos está, del punto más próximo de la línea de base, a una distancia igual a la anchura del mar territorial.

La soberanía se extiende al espacio aéreo por encima del mar territorial, así como al fondo de este mar y a su subsuelo.

En el mar territorial, los submarinos y otros vehículos sumergibles tienen la obligación de navegar sobre la superficie y de enarbolar su pabellón (cf MB. 1982, Part- II).

Línea de base

El término «línea de base» connota la línea a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial (y de otras zonas marítimas), siendo «la línea de base normal», según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982 (1833 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 3), «la línea de bajamar a lo largo de la costa, tal como está marcada en las cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño»: artículo 5. El método de las líneas de base rectas que unen los puntos apropiados» se permite en «las localidades en las que la línea de costa está profundamente dentada y recortada, o si existe una franja de islas a lo largo de la costa», no apartándose en una medida apreciable de la dirección general de la costa, y estando las zonas marítimas situadas dentro de la línea lo suficientemente vinculadas al dominio terrestre como para estar sujetas al régimen de aguas interiores; Podrán tenerse en cuenta los intereses económicos peculiares en la determinación de las líneas de base particulares; pero las líneas de base rectas no podrán trazarse hacia y desde las elevaciones de la marea baja, a menos que estén coronadas por faros o instalaciones similares que se encuentren permanentemente sobre el nivel del mar, ni trazarse de manera que separen de la alta mar o de una zona económica exclusiva las aguas territoriales de otro Estado: artículo 7. La línea de base recta que cruza la boca de una bahía se denomina línea de cierre. En cuanto al trazado de las líneas de base en relación con las aguas archipelágicas y las bahías, véase Estado archipelágico. Véase O’Connell, The International Law of the Sea (1982), Vol. 1, 170-230; Brown, The International Law of the Sea (1994), Vol. 1, 22-27.

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general. También el derecho internacional del mar con sus tradiciones, y el derecho marítimo internacional y sus normas.

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Noción de Mar Territorial en Derecho Minero

1. Faja marítima que circunda los litorales del estado ribereño y que recibe el nombre de mar territorial. 2. El mar territorial es el espacio marítimo que se extiende más allá del territorio continental e insular y de sus aguas interiores, hasta una anchura de doce (12) millas náuticas o de veintidós (22) kilómetros y doscientos veinticuatro (224) metros. [1]

Noción de Mar Territorial

Una definición de mar territorial puede ser la siguiente: el mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Según la leu 10 de 1978 y la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquel que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. (Art. 1o, ley 10 de 1978, Colombia).

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Definición de mar territorial proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (mar territorial) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.
  2. Basado en la voz «Mar Territorial» del «Dizionario di diritto internazionale dei conflitti armati» de Verri Pietro (Edizioni speciali della «Rassegna dell’Arma dei Carabinieri», Roma, 1984), prohibido su uso comercial

Véase también

Bibliografía

Más sobre Derecho Internacional Público en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Mar territorial pertenecientes al Derecho Internacional Público se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Mar libre
  • lus gentium
  • Liga hanseática
  • Libertades del aire
  • Legalización

Mar territorial en la Enciclopedia del Derecho

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