Mayor

Concepto de Mayor

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mayor?

Mayor

Definición Básica de Mayor

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Mayor proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Más grande. | Libro mayor. | Mayor de edad. | Jefe de diversos oficiales principales de las Cortes, de ciertos Consejos, secretarías u oficinas. | Con relación a la edad, se aplica, además, con significado especial, e indefinido, a la persona que ya haya pasado de los 30 ó de los 40 años. | CUANTÍA. Pleito que se tramite por las reglas procesales que ofrecen las máximas garantías, aunque a costa de menos rapidez, por los plazos probatorios más largos y por los escritos o diligencias más numerosos. | DE EDAD. El capaz, según la ley, de ejercitar por sí, y válidamente, todos los actos permitidos de la vida civil y de las relaciones jurídicas.

Mayor en la Enciclopedia Jurídica

Mayor en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

Véase También

  • libro Mayor

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