Mutualidad

Concepto de Mutualidad

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Mutualidad?

En derecho, la mutualidad es una asociación o sociedad de ayuda mutua mediante aportaciones o contribuciones económicas de todos los socios o asociados que sirven para satisfacer ciertas necesidades (suele haber una lista tasada) de cualquiera de ellos; un caso ejemplar de ello es la mutualidad sindical. Véase también la definición de Mutualidad Social.

Mutualidad

Definición Básica de Mutualidad

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Mutualidad proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Condición de mutuo o mutual. | Asociación de seguros que pretende eliminar el lucro de las empresas mercantiles siendo a la vez, sus miembros, asegurados y aseguradores: es decir, distribuyendo las indemnizaciones en formas iguales o proporcionales, según las normas o estatutos mediante una módica cuota que incluye los riesgos y los estrictos gastos de administración (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Todo régimen de prestaciones recíprocas basadas en la igualdad, en la cooperación y un sentido elevado de solidaridad humana, social. | También es mutualidad el establecimiento y el edificio dedicados a estas organizaciones de defensa contra el lucro.

Definición Breve de Mutualidad

Calidad de mutual.

Véase también

Representatividad, Beligerancia

Mutualidad en la Enciclopedia Jurídica

Mutualidad en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Otras búsquedas sobre los Seguros en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Mutualidad en la sección sobre los Seguros pueden ser las siguientes:

  • Interés asegurable
  • Explotación del seguro
  • Contrato de capitalización
  • Asegurador
  • Explotación del seguro

Mutualidad en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido mutualidad de la siguiente forma: Asociación voluntaria u obligatoria de los afectados por los mismos intereses o la división y prorrateo de iguales riesgos, contribuyendo proporcionalmente cada asociado mediante cuotas variables o fijas. Mutuality. Asociación de personas que constituyen una entidad aseguradora, asumiendo todas ellas, de forma conjunta, los riesgos (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) que afecten a cada una de ellas por separado y participando de forma equitativa tanto en los distintos gastos que origine su actividad como en los pagos (véase más en la plataforma general) que deban efectuar por indemnizaciones de los siniestros que lleguen a producirse. [1]

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Concepto de Mutualidad basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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Traductor Español a Inglés: Mutualidad en Inglés

Para traducir mutualidad, ofrecemos el mayor traductor del mundo de términos jurídicos en línea. Traducción de mutualidad (español) a inglés: Mutual Benefit Society (el enlace es a Mutual Benefit Society en la enciclopedia jurídica global en inglés). Sugiéranos, en la zona de comentarios de este diccionario jurídico, por favor, una mejor traducción de Mutualidad

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Véase también

Bibliografía

Mutualidad

Más sobre Economía en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Mutualidad pertenecientes a al Derecho Económico se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Moshaw
  • Mérito del trabajador
  • Materialismo histórico
  • Ligas de compradores
  • Leyes suntuarias

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Véase también

Bibliografía

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