Concepto de Nueva recopilación
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Nueva Recopilación?
Nueva recopilación
Definición Básica de Nueva recopilación
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Nueva recopilación proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
La obra compiladora de diversos autores que, luego de aprobada por el Consejo de Castilla, fue promulgada por Felipe 11 en 1567, con el nombre de Nueva Recopilación de las Leyes de España, único ensayo legislativa general entre las Leyes de Toro y la Novísima Recopilación, y que vino a reemplazar el Ordenamiento de Montalvo; dispuesto por los Reyes Católicos y por ellos sancionado en 1484, con el nombre de Ordenanzas reales de Castilla.
Nueva recopilación
Nueva recopilación en la Enciclopedia del Derecho
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Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Nueva recopilación de las leyes de España
Nueva recopilación de las leyes de España en la Enciclopedia del Derecho
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