Opinión Consultiva

Concepto de Opinión Consultiva

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Opinión Consultiva?

La opinión consultiva es un pronunciamiento o una opinión de un tribunal, o un organismo (nacional o internacional) sobre la legalidad de una norma, legislación o conducta propuesta, emitida en respuesta a una solicitud del gobierno, la legislatura o alguna otra parte interesada. Las opiniones consultivas se emiten en ausencia de un caso o controversia.

Significado de Opinión Consultiva en la esfera jurídica y económica, aplicable también en el derecho internacional: Opinión de un tribunal, de carácter no obligatorio, sobre su interpretación de Derecho o asunto sometido a su consideración.

Significado de Opinión Consultiva en Derecho Internacional

Nota: También puede interesar el concepto jurídico de opinión, la definición de admisión en derecho, y su significado como advisory opinion en derecho anglosajón (en inglés).

«La Corte [Internacional de Justicia] puede emitir una opinión consultiva sobre cualquier cuestión jurídica a petición de cualquier órgano que esté autorizado por la Carta de las Naciones Unidas o de acuerdo con ella a realizar dicha petición»: artículo 65(1) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. La Asamblea General y el Consejo de Seguridad están autorizados a solicitar opiniones consultivas: artículo 96(1) de la Carta de la ONU. En virtud del artículo 96(2), el ECOSOC, el Consejo de Administración Fiduciaria, el Comité Interino de la Asamblea General, el Comité de Solicitudes de Revisión de Sentencias del Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas y todos los organismos especializados menos uno (la excepción es la Unión Postal Universal) han sido autorizados por la Asamblea General a solicitar opiniones consultivas, al igual que el Organismo Internacional de Energía Atómica. Las opiniones consultivas, por su naturaleza, no son vinculantes desde el punto de vista jurídico, aunque pueden establecer principios de derecho que se sigan en acciones, opiniones y casos posteriores.

La Corte Internacional de Justicia no está obligada a emitir una opinión consultiva; la redacción del artículo 65(1) del Estatuto deja a la Corte un margen de maniobra. La Corte ha indicado que sólo rechazará una solicitud de emitir una opinión consultiva si existen «razones de peso» para hacerlo: Caso del Sahara Occidental 1975 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 12. Parece que, siempre que una solicitud esté enmarcada en términos susceptibles de ser examinados judicialmente, la Corte emitirá una opinión; es irrelevante que la solicitud pueda haber sido motivada políticamente o formulada en términos abstractos: Competencia de la Asamblea General para la Admisión de un Estado en las Naciones Unidas, Caso 1948 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 57. Sin embargo, parece que la Corte no emitirá una opinión consultiva cuando la solicitud se refiera a un asunto que sea esencialmente un litigio entre Estados o se refiera a cuestiones esencialmente de hecho y un Estado interesado se niegue a cooperar, por lo que «sería muy dudoso que la Corte dispusiera de materiales suficientes para permitirle llegar a una conclusión judicial sobre la cuestión de hecho»: Caso Carelia Oriental (1923) Corte Permanente de Justicia Internacional, Ser. B, nº 5. Compárese este concepto de derecho internacional, en esta plataforma digital, con Interpretación de los Tratados de Paz con Bulgaria, Hungría y Rumanía, Opinión Consultiva 1950 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 65. La Corte tampoco emitirá una opinión consultiva cuando la solicitud de un Organismo Especializado quede fuera del ámbito de sus actividades: Legalidad del uso de armas nucleares por un Estado en un conflicto armado 1996 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 292.

La Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y Presupuestarios (véase más detalles) fue creada en la Res. 14 (I) del 13 de febrero de 1946. La resolución establece que la Comisión «examinará el presupuesto presentado por el Secretario General a la Asamblea General e informará al respecto; asesorará a la Asamblea General sobre cualquier cuestión administrativa y presupuestaria que se le remita; examinará en nombre de la Asamblea General los presupuestos administrativos de los organismos especializados y las propuestas de acuerdos financieros con dichos organismos; y examinará los informes de los auditores sobre las cuentas de las Naciones Unidas y de los organismos especializados e informará a la Asamblea General al respecto. También puede interesar, en relación a las comisiones consultivas, el concepto jurídico de poder consultivo, la definición de ONG en derecho, y su significado como Advisory Committee en derecho anglosajón (en inglés).

Para una lista de opiniones consultivas a partir de 1922, véase el actual Anuario de la Corte Internacional de Justicia, Capítulo VII (II) y para las emitidas desde 1946, véase el sitio web icj-cij.org en Internet (en inglés). Y véase Hudson, The Permanent Court of International Justice (rev. ed. 1943), 483-524; Keith, The Extent of the Advisory Jurisdiction of the Corte Internacional de Justicia (1971); Pratap, The Advisory Jurisdiction of the International Court (1972); Pomerace, The Advisory Function of the International Court in the League and U. N. Eras (1973); Fitzmaurice, Law and Procedure of the International Court (1985); Rosenne, Law and Practice of the International Court (4ª ed. rev.); Lowe y Fitzmaurice, Fifty Years of the Corte Internacional de Justicia: Ensayos en honor de Sir Robert Jennings (1996), 567-584.

Revisor de hechos: KL Perry

Para más conceptos e información de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, el derecho internacional humanitario y sus principios, el derecho internacional privado y sus fuentes, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), los convenios y tratados internacionales, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, las fuentes del derecho internacional (público y privado), la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (incluyendo su interpretación), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, y el derecho internacional consuetudinario y sus normas.

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Opinión Consultiva en Derecho Electoral

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Véase También

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