Organizaciones Comunes de Mercado

Concepto de Organizaciones Comunes de Mercado

Esta voz se ocupa del concepto .

Ejemplo: la Política agrícola común (PAC)

Nota: Véase también la definición de proteccionismo.

La política agrícola común es una materia reservada exclusivamente a la Comunidad. En virtud del artículo 33 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, sus objetivos son garantizar precios razonables a los consumidores europeos y rentas justas a los agricultores, en particular mediante la creación de organizaciones comunes de mercados agrícolas y la aplicación de los principios de precios únicos, solidaridad financiera y preferencia comunitaria. La PAC es una de las políticas más importantes de la Unión (los gastos agrícolas representan alrededor del 45% del presupuesto comunitario). La política se decide por mayoría cualificada en el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo. Al principio, la PAC permitió a la Comunidad ser autosuficiente en muy poco tiempo. Sin embargo, llegó a ser cada vez más costosa debido a los precios europeos excesivamente altos en relación con los precios del mercado mundial, y a la sobreproducción. La reforma de 1992 permitió remediar esta situación mediante la reducción de los precios agrícolas garantizados, con primas compensatorias para los insumos, y la introducción de una serie de medidas de acompañamiento». La reforma de 1999, basada en la Agenda 2000, refuerza los cambios realizados en 1992 y hace hincapié en la seguridad alimentaria, los objetivos medioambientales y la agricultura sostenible. Los objetivos que quedan fuera del ámbito de la política de mercado se han agrupado en el desarrollo rural, que se ha convertido en el segundo pilar de la PAC. Esta reforma también pretende aumentar la competitividad de los productos agrícolas comunitarios, racionalizar la legislación agrícola y su aplicación, reforzar la posición de la Unión en las negociaciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y estabilizar los gastos. Para ello se ha introducido una reducción de los precios de intervención, compensada por un aumento de las ayudas a los agricultores. La reforma de junio de 2003, que representó un verdadero desafío, comprendía, entre otros, un mecanismo de disciplina financiera (limitación de los gastos de apoyo al mercado y de las ayudas directas entre 2007 y 2013). Además, la simplificación de las medidas de apoyo al mercado y de las ayudas directas mediante la disociación de los pagos directos a los agricultores (las ayudas que reciben no están vinculadas a la producción). Asimismo, el refuerzo del desarrollo rural mediante la transferencia de los fondos de apoyo al mercado al desarrollo rural a través de la modulación (reducción de los pagos directos a las grandes explotaciones).

En 2004 se puso en marcha una segunda serie de medidas: la reforma de las ayudas a los productos mediterráneos (tabaco, lúpulo, algodón y aceite de oliva), seguida de una propuesta de reforma de la organización común de mercados del azúcar.

Organizaciones Comunes de Mercado en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido organizaciones comunes de mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) de la siguiente forma: Para alcanzar los objetivos de la política (véase más en este diccionario) Agrícola Común (PAC; véase más arriba, como ejemplo) se crearon en la Comunidad Económica Europea (CEE) las Organizaciones Comunes de mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) (OCM), cuyos primeros reglamentos datan de 1962. En la actualidad, las OCM afectan a todos los productos que tienen alguna importancia en la CEE. La existencia de las OCM comporta que cada producto agrícola comunitario disponga, en general, de un sistema de precios, de un régimen de intervención y de un régimen de intercambios con el exterior. Para hacer frente a los coste s derivados de la aplicación de la PAC se creó en el seno de la CEE el fondo (financiero; véase más en la plataforma general) Europeo de Orientación y Garantía Agrícolas (FEOGA), que se nutre con fondos (financieros; véase más en la plataforma general) del presupuesto (véase más en este diccionario) comunitario, con dos Secciones: la Sección Garantía, que financia los gastos que el funcionamiento de las OCM comporta, y la Sección Orientación, que financia los gastos de la política (véase más en este diccionario) socio-estructural. Según el grado de protección ofrecido al agricultor, las OCM se pueden clasificar en cuatro grupos: 1) garantía total, mediante la compra al precio (véase más en este diccionario) de intervención de las cantidades que les son ofrecidas; 2) protección de la competencia exterior, por medio de barreras arancelarias y tasas (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) compensatorias; 3) ayudas por cantidad de producto; 4) ayudas a tanto alzado, por hectárea de terreno cultivada. La política (véase más en este diccionario) agrícola de la CEE ha llevado a que en determinados sectores productivos se originaran importantes excedentes de producción, lo que determinó la adopción de medidas de diferentes tipos: tasa (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de corresponsabilidad (sector lácteo), cuotas de producción (sector azucarero) o régimen de plantaciones (sector vitivinícola). [1]

Organización en la Empresa

Con el ánimo de ofrecer una aproximación y un mayor contexto a esta entrada, puede interesar una breve definición de organización en los siguientes términos: Los diferentes recursos y actividades o funciones de la empresa (véase más en la plataforma general) no pueden ser coordinados ni dirigidos de la forma que conviene a la consecución de sus objetivos sin una estructura organizativa, que es el método teórico o marco conceptual de referencia por el que se dispone: qué hacer, cómo hacerlo, quién ha de hacerlo y cuándo debe hacerse. La organización es consecuencia o resultado del proceso de planificación, por medio del cual a partir de unos objetivos que se configuran se identifican las funciones, actividades y trabajos a desarrollar para alcanzarlos, y se disponen los recursos materiales y humanos necesarios para efectuarlos. Organizar es el deliberado intento de adaptar medios para conseguir fines. El comportamiento de las organizaciones y de los individuos (o grupos de individuos) en las organizaciones está gobernado por programas. Un programa es un conjunto racionalmente estructurado de medios para conseguir un determinado fin u objetivo. Para confeccionar los programas (generalmente planes más concretos u operativos) hay que partir del análisis medios-fines, siguiendo la técnica de descomposición o factorización del trabajo. Son muchos los modelos, tipos o estilos de organización susceptibles de ser utilizados en la práctica. Los prototipos más elementales son los siguientes: 1) organización lineal; 2) organización funcional; 3) organización en línea y stajf, y 4) organización por comité. La conveniencia de un tipo u otro de organización depende de las circunstancias. Toda organización debe ser lo suficientemente flexible o adaptable, porque la empresa (véase más en la plataforma general) puede aumentar de tamaño y sus objetivos y circunstancias ambientales pueden también cambiar. Conjunto de elementos ordenados para la consecución de un fin común. Organization. Conjunto de elementos (personas, medios, etc.) unidos bajo una misma estructura para la realización de una actividad común o para la persecución de un mismo objetivo. [1](Las organizaciones son una materia importante en muchas otras áreas, como el Derecho Internacional, la Sociología y los Recursos Humanos) [rtbs name=»organizaciones»]

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Organización basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Organizaciones Comunes de mercado (financiero y/o comercial, generalmente; véase más en la plataforma general) basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

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