Pactos Internacionales

Concepto de Pactos Internacionales

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En inglés: International Covenant (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés).

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Pactos Internacionales?

Los pactos internacionales son acuerdos entre varias partes que crean un acuerdo jurídicamente vinculante sobre cómo debe actuar cada una de ellas. Los pactos internacionales pueden promover que se produzca una actividad (pacto internacional positivo) o desautorizar un acontecimiento o condición (pacto internacional negativo). Los pactos internacionales de deuda no son frecuentes (al revés de lo que ocurre entre empresas, que son los más comunes, ya que imponen pactos internacionales financieros al prestatario y al prestamista como parte del acuerdo de préstamo). Los pactos internacionales son cláusulas jurídicamente vinculantes y, si se incumplen, desencadenan acciones legales compensatorias o de otro tipo.

En su sentido más amplio, un pacto internacional es una promesa, acuerdo o contrato entre dos partes. Como parte del pacto internacional, las dos partes acuerdan que se llevarán a cabo o no ciertas actividades. Es una parte de un acuerdo formal por escrito en el que se establece lo que debe o no debe hacerse, o en el que alguien promete hacer o pagar algo.

Una violación de un pacto internacional -a menudo denominada incumplimiento de un pacto internacional- es el incumplimiento de los términos acordados en un pacto internacional. Ya sea que una parte no haya ejecutado un pacto internacional positivo, que haya realizado una tarea que no debería haber hecho, tal y como se indica en un pacto internacional negativo, o que no haya sido capaz de mantener ciertos parámetros operativos, el contrato se ha roto.

Hay algunos pactos internacionales que establecen que la discriminación entre seres humanos por motivos de religión o de creencias constituye una afrenta a la dignidad humana y una negación de los principios de la ONU, por ejemplo. El más conocido es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es un tratado internacional de derechos humanos adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 23 de marzo de 1976. Este pacto internacional es un tratado internacional de derechos humanos clave, que proporciona una serie de protecciones para los derechos civiles y políticos.

Autor: ST

Ejemplos de Pactos Internacionales en Derecho Internacional

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Tras la Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948 (Res. 217 (III) de la Asamblea General), la Asamblea General adoptó dos Pactos Internacionales el 16 de diciembre de 1966: el de Derechos Civiles y Políticos (999 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 171) y el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (993 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 3; véase Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales). El Pacto Internacional (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) sobre Derechos Civiles y Políticos, y su (Primer) Protocolo Facultativo (id.), entraron en vigor el 23 de marzo de 1976. El Pacto Internacional (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) garantiza, entre otros, los derechos de autodeterminación (art. 1(1)); de libre disposición de las riquezas y recursos naturales (art. 1(2)); de no discriminación (arts. 2(1) y 26); de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3); de la vida (art. 6); de no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (art. 7); de no ser sometido a esclavitud o servidumbre (art. 8); de no ser detenido o encarcelado arbitrariamente (art. 9); de la libertad de circulación dentro de un Estado (art. 12); de ser oído públicamente y con las debidas garantías por un tribunal imparcial con respecto a las acusaciones penales (arts. 14 y 15); de la intimidad, la familia, el hogar o la correspondencia (arts. 17 y 23), del pensamiento, la conciencia y la religión (art. 18); de la opinión (art. 19); de la reunión pacífica (art. 21); de la asociación (art. 22); y de la participación en los asuntos públicos (art. 25). El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto, anexo a la Res. 44/128 de la Asamblea General, de 15 de diciembre de 1989 (1642 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 414), por el que se suprime la pena de muerte (art. 1), salvo para los delitos militares graves en tiempo de guerra (art. 2), entró en vigor el 11 de julio de 1991.

Nota: véase la información relativa a la historia de los Métodos de Pena de Muerte y mujeres ante la Pena de Muerte.Entre las Líneas En relación a la cooperación internacional y la extradición, es relevante el contenido del protocolo de Palermo y el de la extradición en los Casos de Pena de Muerte.

Para hacer cumplir el Pacto Internacional, se estableció un Comité de Derechos Humanos, compuesto por 18 miembros (art. 28(1)), elegidos por los Estados partes (art. 29(1)). El método básico de aplicación es el escrutinio y los comentarios sobre los informes presentados por los Estados partes sobre la aplicación nacional de los derechos garantizados: artículo 40. Además, cuando un Estado reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las denuncias de violaciones identificadas por otro Estado parte, el Comité busca una solución amistosa: artículo 4; véase también el artículo 42 sobre las comisiones de conciliación ad hoc. En virtud del (Primer) Protocolo Facultativo del Pacto Internacional, un Estado puede reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar una petición de un individuo que alegue la violación de los derechos garantizados: artículo 1. En cuanto a la admisibilidad de tales peticiones, véanse los artículos 2, 3 y 5. En tales casos, el Comité, después de la investigación, transmite su opinión al Estado parte y al individuo denunciante: artículo 5(4). Véase en general Henkin, The International Bill of Rights (1981); Bossuyt, Guide to the ‘Travaux Préparatiores’ of the International Covenant (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) on Civil and Political Rights (1987); Joseph, The Pacto Internacional (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) sobre Derechos Civiles y Políticos: Cases, Materials and Commentary (2001); Bair, The International Covenant (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) on Civil and Political Rights and its (First) Optional Protocol: Un breve comentario basado en los dictámenes, los comentarios generales y las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (2005).

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la igualdad de derechos ante la ley, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, y los pactos.

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Pactos Internacionales en otras Referencias Legales

Pactos Internacionales en la Enciclopedia Jurídica

Pactos Internacionales en la Enciclopedia española del Derecho

Pactos Internacionales en la Normativa española

Recursos

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Véase también

Pactos, Instrumentos Internacionales, Derechos Civiles, Derechos Políticos

Otras entradas sobre Legislación en el Diccionario

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