Concepto de Patrimonio
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Patrimonio?
Patrimonio
Definición Básica de Patrimonio
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Patrimonio proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
El conjunto de bienes, créditos y derechos de una persona y su pasivo, deudas u obligaciones de índole económica. | Bienes o hacienda que se heredan de los ascendientes. | Bienes propios, adquiridos personalmente por cualquier título. | Los bienes propios, espiritualizados antes y luego capitalizados y adscritos a un ordenado, como título y renta para su ordenación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | «Conjunto de los derechos y de las cargas, apreciables en dinero, de que una misma persona puede ser titular u obligada y que constituye una universalidad jurídica. La palabra se emplea alguna vez para designar una masa de bienes que tiene una afectación especial; por ejemplo, una fundación» (Capitant). | FAMILIAR. Las tendencias modernas que aspiran a intensificar la producción, en un aspecto material, ya reforzar la vida de familia, como fin ideal dotándola de medios bastantes y seguros, y otras conveniencias políticas y generales, han llevado, ya para fomento de la agricultura, para colonización de territorios despoblados, para facilitar la adquisición del hogar propio, entre otros propósitos, a proteger, más que un patrimonio propiamente dicho, porque no se refiere a todos los derechos y obligaciones, a amparar uno o más bienes suficientes para vivienda o existencia de una familia.
Patrimonio en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Patrimonio
Significado de Patrimonio en Derecho Español
Conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación económica.
Patrimonio: Concepto y Naturaleza en el Derecho civil
Consulte en este diccionario jurídico las definiciones y significados de las palabras en español, sinónimos y antónimos, relacionados con este término de derecho civil.
Noción de Patrimonio en Derecho Minero
Corresponde al capital y a las reservas de los accionistas de una empresa. Contablemente representa la diferencia entre activos y pasivos. [1]Derechos Y obligaciones correspondientes a una persona (en el derecho peruano). Bienes materiales equivalentes en dinero, que pertenecen a una persona (en el derecho peruano). Riqueza o renta de una persona (en el derecho peruano).Patrimonio
Patrimonio
Véase También
- Bien jurídico y delitos socioeconómicos
- Concepto de Derecho penal económico
- Constitución económica y bien jurídico
Patrimonio en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido patrimonio de la siguiente forma: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona física o jurídica, privada o pública. Su descripción pormenorizada, con expresión cifrada de los valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de todos sus elementos, referida a una fecha determinada, se denomina inventario. Suma algebraica de los valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de todos los elementos que forman parte del patrimonio. La suma de los valores (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de los bienes y derechos constituye el patrimonio bruto o activo total del balance. El patrimonio neto o neto patrimonial viene dado por la diferencia entre el patrimonio bruto y el valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) de las deudas o pasivo (véase más en este diccionario) exigible. El término patrimonio se utiliza en economía (véase su significado en el diccionario) como sinónimo de capital, riqueza o hacienda. Conjunto de bienes propios adquiridos por cualquier título. Patrimony. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona física o jurídica, país o entidad. Referido a una persona física suele abarcar exclusivamente los bienes materiales con cierto valor (véase más en este diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre este término) económico. propiedad real de una empresa (véase más en la plataforma general) o individuo, definida como la suma de todos los activos, menos, la suma de todos los pasivos. [1]
Patrimonio en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido patrimonio de la siguiente forma: Conjunto de bienes y derechos detentados por una persona física o jurídica. [1]Véase Patrimonio Empresarial.
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto de Patrimonio en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Véase También
Recursos
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Notas y Referencias
- Concepto de Patrimonio basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
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Notas y Referencias
- Definición de patrimonio proporcionado por el Ministerio de Minas y Energía de Colombia. Este término técnico (patrimonio) en materia minera es de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios colombianos en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por el Código de Minas de Colombia.
Recursos
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Bibliografía
- DE CASTRO y BRAVO, F.: Temas de Derecho Civil. Madrid, 1972.
Patrimonio en la Enciclopedia Jurídica
Patrimonio en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Patrimonio)
Véase también
Patrimonio
Más sobre Derecho en General en el Diccionario Legal Internacional
Otras voces afines a Patrimonio pertenecientes al Derecho en General se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Partidas de Alfonso el Sabio
- Ordenamiento de las tafurerías
- Mala fe
- Leyes de Toro
- Insaculación
Recursos
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Véase también
Bibliografía
- Concepto de Patrimonio en línea en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Traducción al inglés de Patrimonio en el Diccionario Jurídico Inglés-Español de Cabanellas
- Significado sobre Patrimonio en la Enciclopedia Jurídica Omeba (internacional)
- Definición de Patrimonio en el Diccionario Jurídico Mexicano
Definición de Patrimonio
Conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación económica.
Patrimonio
Patrimonio: Suma de bienes y riquezas que pertenecen a una persona
Significado Alternativo
El conjunto de bienes, créditos y derechos de una persona y su pasivo, deudas u obligaciones de índole económica. bienes o hacienda que se heredan de los ascendientes. Bienes propios, adquiridos personalmente por cualquier título. Los bienes solamente por cualquier título. Los bienes propios, espiritualizados antes y luego capitalizados y adscritos a un ordenado, como título y renta para su ordenación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). «Conjunto de los derechos y de las cargas, apreciables en dinero, de que una misma persona puede ser titular u obligada y que constituye una universalidad jurídica.La palabra se emplea alguna vez para designar una masa de bienes que tiene una afección especial; por ejemplo, una fundación» FAMILIAR. Las tendencias modernas que aspiran a intensificar la producción, en un aspecto material, y a reforzar la vida de familia, como fin ideal, dotándola de medios bastantes y seguros, y otras conveniencias políticas y generales, han llevado, ya para fomento de la agricultura, para colonización de territorios despoblados, para facilitar la adquisición del hogar propio, entre otros propósitos, a proteger, más que un patrimonio propiamente dicho, porque no se refiere a todos los derechos y obligaciones, a amparar uno o más bienes suficientes para vivienda o existencia de una familia.
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