Senado

Concepto de Senado

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Senado?

Senado

Definición Básica de Senado

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Senado proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Junta, asamblea o reunión de las personas más distinguidas de una República o Estado, cuyas leyes forman, modifican o anulan, o en cuyo gobierno participan al menos por el consejo público del informe calificado. | En la antigua Roma, la asamblea patricia, primera en su género, que constituyó su Consejo supremo. | En diversos pueblos modernos, la alta Cámara, la que comparte el Poder legislativo con el Congreso de Los diputados. | En los países federales (como la Argentina y los Estados U nidos), la Cámara legislativa de carácter federal, donde es uniforme la representación de los distintos Estados o provincias que integran la federación, sin tomarse en cuenta la desproporción de pobladores. | Edificio, palacio o local donde los senadores celebran sus sesiones públicas y sus reuniones especiales. | Junta o concurrencia de calidad y respeto. (V. CONGRESO, PODER LEGISLATIVO.)

Noción de Senado

La definición de Senado en el Diccionario Jurídico de María Laura Valletta es, básicamente, el siguiente:

Lugar (establecimiento, sitio) en que los senadores realizan sus sesiones.

Significado Alternativo o Información Adicional sobre Senado

Nombre que en los sistemas bicamerales recibe la Cámara Alta que, junto a la Cámara de Diputados, constituye el cuerpo legislativo de una Nación. El Senado está representado por todas las provincias que lo componen.

Significado Alternativo o Información Adicional sobre Senado

Cuerpo legislativo formado por personas cualificadas, elegidas o designadas por razón de su cargo, posición, título, etcétera.

Significado Alternativo o Información Adicional sobre Senado

Asamblea de patricios que formaba el Congreso Supremo en la antigua Roma. Aplícase análogamente a ciertas Asambleas Políticas de otros Estados.

Senado en Derecho Romano

Explicación de senado en derecho romano que ofrece Marta Morineau lduarte: En latín, significa senatus. Órgano colegiado y uno de los más antiguos de la constitución pdítica, que estuvo siempre presente a lo largo de la historia romana,’aunque sus facultades nunca se egtablecieron : 1 formalmente, por alguna ley, sino por la costumbre. Probablemente fue creado por ~Omul&co mo órgano consejero del rey e integrado por los patres, es decir, los que participaron con él e11 la fundación de la ciudad, en número de 100, cifra que, por otra parte, varió con el tiempo: 300, desputs 400,i900, y nuevamente 600 en el Imperio (D. 1, 9). En la monarquía y,tarnbién en la República, asumía el interregno. Durante este segundo periodo adquirió gran relevancia, tanto en asuntos internacionales como internos. Fue el senado el que recibía a los embajadores o asignaba a los embajadores romanos en misiones en el extranjero. En la guerra nombraba a los comandantes y decidía qué fuerzas intervendrían. Con relación a las cuestiones financieras, decidía sobre los impuestos, ventas de terrenos nacionales, gastos bélicos y también supervisó el erario. A su vez, tenía el control de la vida religiosa, ya que decidía sobre la creación de nuevas deidades.

Más sobre el Concepto y la Evolución Histórica Romana de Senado

Con relación a los asuntos internos fue un cuerpo asesor de los magistrados, quienes sometían a su aprobación la promulgación de nuevas leyes, así como la conveniencia de adoptar medidas en cuestiones administrativas y políticas. En el Principado tuvo también funciones legislativas, tanto como jurisdiccionales en asuntos penales, específicamente en los delitos contra el Estado. Gradualmente perdió su autonomía, para someterse a la voluntad del emperador en turno, para convertir sus renadoronriilta funciones en mero formalismo. En este último periodo, además del senado con sede en la ciudad de Roma, se creó otro en Constantinopla. Véase: costumbre; emperador; Imperio romano; interregno; ley; magistrados; Monarquía; República; rey; senadoconsulto.

Descripción de Cámara Alta, Senado, Cámara de los Lores, Bundesrat

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Recursos

Véase También

  • Derecho Parlamentario
  • Asambleas de Representantes
  • Cámara Alta
  • Senado
  • Cámara de los Lores
  • Bundesrat

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Véase también

Guía sobre Senado

Senado en la Enciclopedia Jurídica

Senado en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Senado

Más sobre Derecho Político en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Senado pertenecientes al Derecho Político se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Segunda Internacional
  • Revisión de actos discrecionales
  • República
  • Regalismo
  • Reforma de la Constitución

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Véase también

Bibliografía

Significado de Senado en el Derecho Español

En el orden constitucional español, un breve concepto de senado podría ser el siguiente: Cámara de Representación Territorial.

Vid. art. 69 CE y RS. Para un mayor desarrollo doctrinario, la enciclopedia jurídica española ofrece, respecto de senado, una descripción más pormenorizada.

Legislación Histórica

Nota: Véase un desarrollo de este término y otros pertenecientes a la legislación histórica española, aquí.

Recursos

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Véase También

  • Gobernación
  • Reinos
  • Provincias
  • Cortes
  • Diputaciones

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