Sentencia

Concepto de Sentencia

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Sentencia?

Sentencia

Definición Básica de Sentencia

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Sentencia proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Dictamen, opinión, parecer propio. | Máxima, aforismo, dicho moral o filosófico. | Decisión extrajudicial de la persona a quien se encomienda resolver una controversia, duda o dificultad. | Resolución judicial en una causa. | Fallo en la cuestión principal de un proceso. | El más solemne de los mandatos de un juez o tribunal, por oposición a auto o providencia (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | Parecer o decisión de un jurisconsulto romano. La palabra sentencia procede del latín sintiendo, que equivale a sintiendo; por expresar la sentencia lo que siente u opina quien dicta. Por ella se entiende la decisión que legítimamente dicta el juez competente, juzgando de acuerdo con su opinión y según la ley o norma aplicable. | ABSOLUTORIA. Aquella que, por insuficiencia de pruebas o por falta de fundamentos legales que apoy en la demanda o la querella, desestima la petición del actor o rechaza la acusación, que produce a favor del reo (demandado en lo civil y acusado o procesado en lo criminal) la liberación de todas las restricciones que la causa haya podido significar en su persona, derechos y bienes. | COLECTIVA. Decisión legítimamente pronunciada por el juez, al juzgar de acuerdo con su opinión, y que alcanza a cuantos se encuentren en las mismas condiciones, aun cuando no hayan participado directamente en el litigio. Tal definición, aunque exacta, no basta para fijar la verdadera naturaleza de la sentencia colectiva en el Derecho Laboral, donde alcanza su expresión más completa; y a que, en las demás jurisdicciones, los efectos de la cosa juzgada son más restringidos. En lo laboral, la sentencia colectiva constituye el fallo dictado por juez competente para fijar normas generales de regulación de trabajo, con efectos, por tanto, similares a los del pacto colectivo (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital). | CONGRUENTE. La acorde y conforme con las cuestiones planteadas por las partes, y a las admita o rechace, condenando o absolviendo. | DE REMATE. La dictada en el juicio ejecutivo (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital), para proceder a la venta de los bienes embargados, y hacer pago al acreedor ejecutante. | DEFINITIVA. Del verbo definire, terminar, es aquella, según Caravantes, por la cual el juez resuelve terminando el proceso; la que, con vista de todo lo alegado y probado por los litigantes sobre el negocio principal, pone fin a la controversia suscitada ante el juzgador. | EJECUTORIADA. La que ha pasado en autoridad de cosa juzgada, la sentencia firme, por no caber contra ella sino el recurso extraordinario de revisión (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | La que ha sido ejecutada. | «EXTRA PETITA». La resolución judicial que falla sobre una cuestión no planteada. | INDETERMINADA. Sistema jurídico penal, definido por Jiménez Asúa como aquel según el cual la naturaleza o duración de la pena no se fija previa y rigurosamente, sino en vista de la individualidad del reo o sujeto peligroso a quien se aplica, con posibilidad de reducirla en extensión y severidad por la enmienda del culpable, o mantenerla y aun agravarla por su mala conducta y persistencia en reacciones antisociales. | INTERLOCUTORIA. Del latín inter y locutio, mientras se habla o discute, o decisión intermedia. Según Caravante, la que pronuncia el juez en el transcurso del pleito, entre su principio y fin, sobre algún incidente o artículo de previo pronunciamiento, para preparar la sentencia definitiva. | NULA. La dada contra ley en la forma o en el fondo, una vez que un juez o tribunal superior así lo declara; luego de lo cual lo revoca o remite a la autoridad competente para nueva tramitación y fallo.

Sentencia en la Enciclopedia Jurídica

Véase más información sobre Sentencia

Significado de Sentencia en Derecho Español

Decisión formulada por el juez o tribunal. Por ella se resuelven definitivamente todas las cuestiones planteadas en un proceso civil o criminal.

Sentencia en la Enciclopedia Jurídica

Sentencia en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Sentencia en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:

  • Segunda instancia
  • Revisión del daño
  • Recurso por atentado
  • Reconocimiento judicial
  • Revisión del daño

Del latín Sentiendo, por expresar lo que opina, es aquella resolución que se pronuncia sobre la litis del proceso poniendo fin a la instancia (en el derecho peruano)./ Parte última de proceso judicial, por la cual el juez debe resolver con relevancia jurídica el conflicto de intereses, aplicando con criterio lógico el derecho que corresponde a cada caso concreto para la resolución de la controversia (en el derecho peruano).

Noción de Sentencia (Migración)

Sentencia se define como: Decisión de un tribunal en relación con un caso determinado (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario).

Sentencia en Derecho Electoral

Sentencia

Sentencia/Fallo

Sentencia/Fallo

Traducción al Inglés

En el marco de los derechos humanos universales y su origen, la traducción de español a inglés de sentencia/fallo es judgment.

Visualización Jerárquica en el Diccionario de Sentencia

Derecho > Justicia

Significado de Sentencia

Visión General y más Información sobre Sentencia

Para un conocimiento más exhaustivo de Sentencia, véase en la parte general de la plataforma online.[rtbs name=»derecho»]

Recursos

Traducción de Sentencia

Inglés: Ruling
Francés: Jugement
Alemán: Urteil
Italiano: Giudizio
Portugués: Julgamento
Polaco: Wyrok

Tesauro de Sentencia

Derecho > Justicia > Sentencia

Véase También

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Traducción al Inglés

En el ámbito de los derechos humanos, la traducción de sentencia/fallo es judgment.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Sentencia

Sentencia: Resolución judicial que pone fin a un proceso o juicio en una instancia o en un recurso extraordinario.

Uso de Sentencia en Relación a: Judgment (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «sentencia»: Un judgment [»the final decision of the court resolving the dispute and determining the rights and obligations of the parties»] es, por regla general, una «sentencia». La «sentencia» (a veces también ruling o simplemente decision) es la resolución judicial que pone fin a una controversia entre dos partes (civil, penal, laboral, contencioso-administrativa, comercial, etc.). «Fallo» es, en sentido estricto, la parte dispositiva de la sentencia, que contiene la decisión (y no los argumentos, por ejemplo) del órgano jurisdiccional (juez o tribunal). La sentencia se estructura normalmente en «antecedentes de hecho», «fundamentos jurídicos/de derecho» y «fallo», aunque en algunos países el término «fallo» ha pasado a ser sinónimo de «sentencia». El término judgment se traduce obligatoriamente como «fallo» para referirse a las sentencias que dictan los siguientes órganos (porque ese es el término que figura en sus respectivos estatutos): la Corte Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional y los Tribunales para la ex-Yugoslavia y Rwanda.

Uso de Sentencia en Relación a: Sentence (con Respecto al Contexto Jurídico Anglosajón)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «sentencia»: Sentence es la «pena» o «condena» que impone el juez al término del proceso penal (se emplea única y exclusivamente para designar la pena impuesta en juicios penales). No debe confundirse con judgment, que es, por regla general, una «sentencia»: resolución judicial que pone fin a una controversia (civil, penal, laboral, contencioso-administrativa, comercial, etc.) entre dos partes [véase Judgment]. Tampoco debe confundirse con verdict: decisión que dicta un jurado para pronunciarse sobre la culpabilidad o inocencia del acusado [véase Verdict].

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