Víctima de la Trata de Personas
Este texto se ocupa de la «Víctima de la Trata de Personas», como la persona que es víctima del crimen de trata de personas. La acción internacional en relación con la trata de personas comenzó con el Convenio (desgraciadamente titulado) para la Represión de la Trata de Blancas de 18 de mayo de 1904 (195 Consolidated Treaty Series (1648-1919) 326), que se refería al «proxenetismo de mujeres o niñas con vistas a su libertinaje en un país extranjero»: artículo 1. Véase también el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Blancas de 4 de mayo de 1910 (211 Serie de Tratados Consolidados (1648-1919) 45), enmendado por el Protocolo de 4 de mayo de 1949 junto con la Convención de 1904 (30 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 23; 92 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 20; y 98 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 102); el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños de 3 0 de septiembre de 1921 (9 Liga de Naciones (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) Serie de Tratados (1920-1946) 415); y el Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad de 11 de octubre de 1933.