Redactada en el marco de la Organización de la Unidad Africana (OUA), hoy Unión Africana (UA), la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos fue adoptada el 17 de junio de 1981 y entró en vigor el 21 de octubre de 1986: 1520 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 217. Contiene, en la Parte I, una enumeración de derechos bastante estándar que deben garantizarse a las personas, además de varios deberes exigidos a los individuos: arts. 27-29. Se establece una Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, en la Parte II, «para promover… los derechos y garantizar su protección en África»: artículo 30. En su función de vigilancia, la Comisión puede recibir «comunicaciones» de un Estado parte que alegue una violación por parte de otro Estado parte (arts. 47-54) o de individuos y grupos, incluidas las ONG reconocidas (arts. 55-59). Se establece una disposición especial para las «violaciones graves y masivas» de los derechos humanos: artículo 58. El seguimiento en la Comisión también se realiza a través de los informes bienales de los Estados partes: artículo 62. En su trabajo, la Comisión tiene instrucciones de «inspirarse» en una amplia gama de instrumentos internacionales, además de la Carta Africana,