Derechos Reproductivos
Derechos reproductivos es un área emergente de los derechos humanos, en la que todavía no existen instrumentos especialmente adoptados, y para la que «los derechos a la salud reproductiva y a la autodeterminación pueden protegerse a través de varios derechos humanos específicos legalmente establecidos. Qué derechos se invocan de forma más pertinente y cómo se demuestra que han sido violados depende de los hechos particulares de una supuesta violación, y de las causas subyacentes de la mala salud reproductiva o sexual»: Informe de la OMS, Consideraciones para la formulación de leyes de salud reproductiva (2000), 51, cuyo cuadro cita 11 instrumentos internacionales y regionales pertinentes. La Declaración y Plataforma de Acción de Pekín del 17 de octubre de 1995 sugirió una base y un contenido mínimo de los derechos reproductivos: «Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales de derechos humanos y en otros documentos de consenso. Estos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento de tenerlos, y a disponer de la información y los medios para hacerlo, así como el derecho a alcanzar el más alto nivel de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a tomar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coerción ni violencia, tal como se expresa en los documentos de derechos humanos».