Pérdida de la Nacionalidad

Este texto se ocupa de la pérdida de la nacionalidad. Pérdida de nacionalidad puede resultar de un acto de la persona (expatriación, renuncia deliberada, pérdida automática por la adquisición de otra nacionalidad) o del Estado (desnaturalización) (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). La desnaturalización es un acto administrativo unilateral del Estado por el que se priva a la persona de la nacionalidad (véase más información sobre esta cuestión en el presente diccionario). Aunque no hay reglas uniformes en las distintas legislaciones de los Estados, algunos establecen requisitos para ello: participación en un servicio militar o civil extranjero, aceptación de condecoraciones de otros países, aceptación de distinciones de otros Gobiernos, condena por determinados crímenes.Aunque la materia relativa a la adquisición y perdida de la nacionalidad se ubica, por lo general, en el derecho interno, los Estados deben cumplir con las normas de derecho internacional relacionadas con la nacionalidad.

Atribución de la Nacionalidad

Este texto se ocupa de la «Atribución de la Nacionalidad». Se llama nacionalidad o ciudadanía a la pertenencia de una persona a una comunidad política soberana, o sea, a un Estado. Desde este punto de vista, el ciudadano o nacional se contrapone al extranjero. La ciudadanía o nacionalidad ha influido grandemente sobre la capacidad jurídica.