OUA

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define OUA? Abreviatura de: Organización de la Unidad Africana. La Organización de la Unidad Africana (OUA) fue creada por la Carta de la Organización de la Unidad Africana, concluida en Addis Abeba el 25 de mayo de 1963 (479 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 39), y en vigor el 13 de septiembre de 1963. Fue sustituida por la Unión Africana el 9 de julio de 2002. Los propósitos de la OUA eran promover la unidad entre los Estados africanos; lograr una vida mejor para los pueblos africanos; defender la soberanía, la integridad territorial y la independencia; erradicar todas las formas de colonialismo; y promover la cooperación internacional: artículo II (1). La adhesión estaba abierta a todos los Estados africanos independientes: artículo IV. Finalmente fueron 53 miembros, incluyendo todo el continente africano. La OUA actuaba a través de una Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno, descrita como ‘el Órgano Supremo’ y facultada para establecer la política general (art. VIII); un Consejo de Ministros, que funcionaba bajo la Asamblea y aplicaba la cooperación interafricana y las decisiones de la Asamblea (art. XIII); y varias Comisiones Especializadas.

Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos

Este texto se ocupa de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos. En julio de 2004, la Asamblea de la Unión Africana decidió fusionar la Corte Africana de Justicia y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos en la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos: véase A.U. Docs. Assembly/AU/Dec. 45 (III) y Assembly/AU/Dec. 83 (V). El Estatuto del tribunal fusionado fue negociado por un grupo de expertos jurídicos sobre la base de un borrador preparado por el ex presidente de la Corte Internacional de Justicia, Mohammed Bedjaoui.

Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos

Redactada en el marco de la Organización de la Unidad Africana (OUA), hoy Unión Africana (UA), la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos fue adoptada el 17 de junio de 1981 y entró en vigor el 21 de octubre de 1986: 1520 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 217. Contiene, en la Parte I, una enumeración de derechos bastante estándar que deben garantizarse a las personas, además de varios deberes exigidos a los individuos: arts. 27-29. Se establece una Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, en la Parte II, «para promover… los derechos y garantizar su protección en África»: artículo 30. En su función de vigilancia, la Comisión puede recibir «comunicaciones» de un Estado parte que alegue una violación por parte de otro Estado parte (arts. 47-54) o de individuos y grupos, incluidas las ONG reconocidas (arts. 55-59). Se establece una disposición especial para las «violaciones graves y masivas» de los derechos humanos: artículo 58. El seguimiento en la Comisión también se realiza a través de los informes bienales de los Estados partes: artículo 62. En su trabajo, la Comisión tiene instrucciones de «inspirarse» en una amplia gama de instrumentos internacionales, además de la Carta Africana,