Término

Concepto de Término

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Término?

Término

Definición Básica de Término

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Término proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Límite. | Final de lo que existe o dura. | Plazo (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital), aunque esta sinonimia sea incorrecta. | Vencimiento. | Mojón. | Línea divisoria entre distritos, municipios, provincias o Estados. | Jurisdicción de un ayuntamiento. | Lugar para un acto. | Tiempo señalado para un fin. | Día y hora en que ha de cumplirse o hacerse algo. | Objeto, finalidad. | Vocablo, palabra, voz. | Estado, situación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). | Manera de expresarse. | CIERTO. El señalado con precisión, por designar exactamente el día, mes y año en que concluye, o por contarse desde la fecha de la obligación u otro bien establecida. | CONVENCIONAL. El estipulado espontáneamente por las partes. Se diferencia de los términos legales o judiciales. | DE GRACIA. El que, vencida la obligación, concede por sí el acreedor al deudor; con lo cual no puede reclamarle los intereses por mora, ni otros estipulados para el caso de no cumplir a su tiempo. | FATAL. El improrrogable, que extingue definitivamente un derecho o impide su ulterior ejercicio. | HÁBIL. Aquel dentro del cual cabe practicar válidamente las actuaciones judiciales. | IMPRORROGABLE. Período de tiempo durante el cual deben necesariamente practicarse ciertas actuaciones judiciales, con la prohibición expresa de no poder pasar del mismo. | JUDICIAL. El establecido en las leyes procesales o el que, usando de sus facultades, señala el juez. | LEGAL: El expresamente determinado en la ley. (V. PLAZO LEGAL; TÉRMINO CONVENCIONAL y JUDICIAL.) | MEDIO. Solución o propuesta que satisface parcialmente las opuestas pretensiones, o parte las diferencias. | Promedio. | De calidad ni muy buena ni muy mala. | MUNICIPAL. Territorio a que extiende su jurisdicción un ayuntamiento. Constituye la menor de las divisiones administrativas normales. | ORDINARIO.. El probatorio que se concede en toda su extensión cuando lo pida una de las partes por lo menos y corresponda el recibimiento a prueba. | PERENTORIO. El concedido últimamente y con denegación de otro. | POSESORIO. Plazo que por leyes o reglamentos se halla establecido para que los funcionarios públicos tomen posesión de sus cargos, so pena de la pérdida de sus derechos. | PROBATORIO. El período de tiempo durante el cual el juez, de acuerdo con la ley y sus facultades, recibe el pleito a prueba, a fin de proponer y practicar todas las probanzas, que ratifiquen o destruyan los hechos que hacen al derecho de las partes. | PRORROGABLE. El que admite ampliación del período que comprende, el pedirlo una de las partes al menos y acceder el juez, si la ley no lo prohíbe; y a que, en principio, todos los términos judiciales o procesales resultan susceptibles de prórroga. | RESOLUTORIO. El que, al cumplirse, extingue la obligación o el derecho. | SUSPENSIVO. Aquel que, hasta verificarse, no origina el nacimiento de un derecho en su ejercicio actual o el cumplimiento de una obligación, en su exigibilidad.

Término en la Enciclopedia Jurídica

Término en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Término en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:

  • Tasación de costas
  • Secuestro judicial
  • Revisión
  • Recurso de inaplicabilidad
  • Secuestro judicial

Inicio o fin de un plazo (en el derecho peruano). Es aquel que tienen por objeto dentro del proceso regular el impulso procesal mediante los procedimientos ejecutados por las partes, terceros y el Juez, siendo efectiva la preclusión de las etapas del proceso (en el derecho peruano).

Término

Véase También

  • Plazo

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Término en Administración Empresarial y Economía

Se ha definido término de la siguiente forma: Hecho futuro y cierto que en el momento de producirse y por disposición legal o acuerdo entre las partes dará lugar a la extinción de un negocio jurídico, o al inicio de los efectos del mismo. [1]Véase Términos Nominales.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Notas y Referencias

  1. Concepto de Término basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).

Véase También

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Término

Término: Momento en que un acto jurídico debe comenzar a producir o dejar de producir sus efectos característicos.

Significado de Término en el Derecho Español

En el orden procesal español, un breve concepto de término podría ser el siguiente: Es un momento en el tiempo, determinado por un día e, incluso, un día y una hora, en el que precisamente tiene que realizarse el acto procesal. Para un mayor desarrollo doctrinario, la enciclopedia jurídica española ofrece, respecto de término, una descripción más pormenorizada.

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