Monismo

Concepto de Monismo

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Monismo?

Definición Básica de Monismo

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Monismo proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Jurídicamente, concepto doctrinal que mantiene el criterio de que el Derecho Interno y el Derecho Internacional representan manifestaciones de un mismo orden jurídico, porque la primacía del Derecho Interno destruye el carácter obligatorio del Derecho Internacional, que queda reducido a un aspecto de Derecho Público externo, modificable unilateralmente por cada Estado. | Filosóficamente, doctrina que unifica la substancia universal, de la que proceden las variedades o que en ella se identifican. Naturalmente, se opone al dualismo y al pluralismo.

Monismo en Derecho Internacional

El monismo: ‘Los monistas creen que el derecho internacional y el nacional forman un solo sistema jurídico y que el derecho internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambos en inglés) es jerárquicamente superior. Las disposiciones del derecho internacional anularían así las disposiciones conflictivas del derecho interno»: von Glahn y Taulbee, Law among Nations (8ª ed.), 124. «Dado que el derecho internacional puede verse así como parte esencial del mismo ordenamiento jurídico que el derecho municipal, y como superior a él, puede considerarse incorporado al derecho municipal, no dando lugar a ninguna dificultad de principio en su aplicación como derecho internacional dentro de los Estados»: el libro de Oppenheim, International Law (2 volúmenes, sobre Paz, Disputas, Guerra y Neutralidad) 54. Compárese este concepto de derecho internacional (véase su concepto jurídico, y su explicación, con una perspectiva anglosajona, y su definición, ambos en inglés), en esta plataforma digital, con el dualismo. El monismo así definido, muy en consonancia con las opiniones de Hans Kelsen, presenta verdaderas dificultades teóricas y prácticas, sobre todo para conciliarlo con la soberanía del Estado (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) y la práctica real de los Estados. Cassese, International Law (2ª ed.), 216, ofrece una valoración moderna del monismo: «La teoría monista kelseniana, una construcción teórica admirable, se adelantó a su tiempo; en muchos aspectos era utópica y no se ajustaba a la realidad de las relaciones internacionales (para más antecedentes sobre estos aspectos, véase la plataforma digital general). Sin embargo, a pesar de todas sus incoherencias y escollos prácticos, tuvo un importante impacto ideológico. Aportó un nuevo énfasis al papel del derecho internacional como factor de control de la conducta de los Estados». Para un breve relato de la historia del pensamiento monista, véase O’Connell, International Law (1965), Vol. 1, 38-41.

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, la teoría, y el derecho internacional público (su fundamento y ramas).

Significado de Monismo y Dualismo

En la orden canónico, un breve concepto de monismo y dualismo podría ser el siguiente: Son las dos formas posibles de relacionarse el poder político y el poder religioso, que se han reiterado a lo largo de la historia:

se denomina monismo a las diversas formas de predominio de alguno de estos poderes sobre el otro, y dualismo a la distinción e independencia entre ambos. Para mayor información, véase el contenido de las voces sobre derecho eclesiástico, que incluyen monismo y dualismo y otros temas afines, de la enciclopedia jurídica.

Véase también

Definición de Monismo

En el orden internacional, Isipedia Derecho recoge el siguiente concepto de Monismo en su glosario: Esta teoría entiende que las normas del derecho internacional y las del derecho interno forman un único sistema jurídico. De esta forma, el derecho interno de un Estado estaría integrado por sus normas de derecho interno y, además, por las normas del derecho internacional.

Entre los monistas más representativos encontramos a Kelsen y a Wenzel. Para un mayor desarrollo doctrinario, la enciclopedia jurídica internacional ofrece, respecto de monismo, una descripción más pormenorizada.

Monismo

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase También

  • Sistema monista versus sistema dualista
  • Arbitraje
  • Arbitraje Laboral
  • Arbitraje Internacional

Monismo en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

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