Pronombre Personal

Pronombre Personal

1. Formas del pronombre personal

Son las palabras yo, tú, él, ella, ello; nosotros, -as, vosotros, -as, ellos, -as, y sus respectivos casos oblicuos: me, a mí, te, a ti, le, la, lo; les, las, los; nos, os. Las formas yo, tú, me, a mí, te, a ti, nos, os representan a la persona que habla o a aquella a quien se habla; las formas él, ella; le, la, lo; les, las, los representan a las personas o cosas de que se habla. La forma ello representa a una oración completa o un conjunto de antecedentes ya mencionados o consabidos: ‘Todo ello no es inconveniente para que vengas’. La forma oblicua de ello,lo, representa a un atributo: ‘¿Es simpática?—Lo es. ¿Estás realmente bien? —Lo estoy’. Es digna de anotarse la anomalía de que se emplee lo y no ello o eso aun en el caso de que el verbo sea ser o estar, a pesar de que en este caso, por representar el pronombre un atributo, debería, lógicamente, estar en nominativo.

2. Uso de las formas de tercera persona en el dativo y el acusativo

Es una de las cuestiones que más dudas suscita. La regla, fácil de retener y con la que se construyen siempre frases sintácticamente irreprochables, es ésta:

2.1. Dativo

Invariable: le o les tanto para el masculino como para el femenino o para el neutro: ‘A tu hermano le presté un libro. A mi madre no le he escrito todavía. A todo eso no le opone una razón atendible. A sus padres no les gusta la novia que tiene. A sus amigas les ha dicho otra cosa’.

2.2. Acusativo

Variable: la y las para el femenino, lo y los para el masculino y el neutro: ‘La vi cuando iba hacia tu casa. Las conocía ya antes. A mi hijo lo espero un día de éstos. A tus hermanos los veo todos los días. Todo eso díselo a él’.

La Academia recomienda que, para terminar de una vez con las vacilaciones en esta cuestión, se guarde rigurosamente la regla anterior, que está conforme con la derivación del pronombre de tercera persona; pero, ante la dificultad de condenar a rajatabla las numerosas transgresiones de ella cometidas por hablantes y escritores de todas clases, admite como tolerable el empleo de le (en menor medida les) para el acusativo de persona; son, en efecto, muchos los hablantes y escritores a quienes repugna el empleo de lo y los en ese caso, como si supusiera una degradación de los seres humanos a la categoría de cosas. Por ejemplo, frases como ‘a tus hermanos les veo con mucha frecuencia’ se oyen y se leen, en efecto, mucho más que las mismas frases con los.

3. Orden en la oración

El pronombre personal, tanto sujeto como complemento, se construye siempre inmediato al verbo: ‘Yo quiero saberlo. Te veo. Se lo he contado todo’. Puede construirse enclítico, pero en lenguaje actual resulta afectado y se emplea como recurso cómico: ‘Paréceme que exageras…’.

Cualquier pronombre personal construido con el reflexivo se sigue a éste: ‘Se me ha caído, cayóseme’. Entre dos personales, el de segunda persona precede a cualquier otro y el de primera precede al de tercera: ‘Os lo advierto, adviértooslo; te me escapaste. Me lo pareció, pareciómelo’.

4. Uso pleonástico

Cuando se emplea un pronombre personal en dativo con a, en general se repite pleonásticamente en la forma sin preposición, antes del verbo: ‘Me lo regalaron a mí solo. Te lo digo a ti’ o ‘a ti te lo digo; nos buscan a nosotros’; el de tercera persona se anticipa con se en vez de le o les: ‘Se lo dice a ellos’. La forma sin preposición se emplea sola si no interesa recalcar a quién se refiere el verbo: ‘Te avisaré. Os llaman. Nos esperan’. También se emplea el pronombre pleonásticamente para reproducir detrás del verbo un complemento que se ha anticipado a él: ‘Las cosas que me dijo no te las puedo repetir’. Asimismo, se emplea con todo complemento directo, tanto si todo está colocado antes o detrás del verbo: ‘Todo lo sé. Me lo ha contado todo’.

En las oraciones pronominales de significado pasivo, el complemento anticipado se reproduce detrás de se con le, les, los, las: ‘A los jueces se les compraba’ (se compraba a los jueces).

La repetición del pronombre complemento cuando, además, es sujeto del verbo se hace empleando las expresiones mí [ti, sí] mismo, -a; nosotros, -as [vosotros, -as, ellos, -as] mismos, -as: ‘Él se basta a sí mismo. Os estáis perjudicando a vosotros mismos’. Si la repetición pleonástica del pronombre complemento indirecto va al principio de la oración, puede tener carácter enfático que se acentúa haciendo pausa detrás de ella: ‘A mí, […] no me han dicho nada’. Es incorrección inadmisible, frecuente en Hispanoamérica, la supresión de la s del pronombre pleonástico que representa a un complemento plural: ‘Ése no le (en vez de les) hace caso a los gritos’.

En lenguaje hablado es usual el empleo redundante de le o les en las oraciones de infinitivo, representando a un complemento indirecto que está expreso en la oración: ‘Decirle a alguien cuántas son tres y dos’. V. esta cuestión en le.

Una particularidad del español es el uso preferente del pronombre personal en dativo en giros que, en otros idiomas, corresponden a construcciones con adjetivo posesivo: ‘Me aclaró las dudas que tenía’, en vez de ‘aclaró mis dudas. Se me ha caído un botón del abrigo’, en vez de ‘se ha caído un botón de mi abrigo. Este sombrero no me entra’, en vez de ‘este sombrero no entra en mi cabeza’.

5. Elipsis del pronombre

La advertencia más importante respecto de esta cuestión es que en español el pronombre sujeto de 1.ª y 2.ª persona se emplea solamente en casos en que es precisa la aclaración o en que se pone énfasis sobre él: ‘Nosotros nos quedamos. Tú eres el que estorbas’; pero en la inmensa mayoría de los casos la determinación del sujeto queda exclusivamente confiada a la forma verbal: ‘Ya he venido. No te escaparás’. En cuanto al de 3.ª persona, se suprime también siempre que no es necesario para la claridad: ‘Suponemos que llegará hoy’; y, si lo es, generalmente se enuncia el nombre en vez de representarlo por un pronombre: ‘Suponemos que mi hermano llegará hoy’.

El pronombre complemento indirecto no se puede suprimir: ‘Para ganar tiempo se le puede telegrafiar’. El directo se expresa siempre que no hay otro pronombre en la misma oración:’¿Vendes tu casa? —Sí; la vendo’. Pero si la oración es impersonal con el pronombre se como sujeto, hay cierta repugnancia en los hablantes a emplear el acusativo de tercera persona detrás de se. Por ejemplo, las frases ‘poner algo encima de una cosa para que no se la vea’ o ‘las cosas que se dicen son para que se las tenga en cuenta’, suenan extrañas a muchas personas, que dirían ‘poner algo encima de una cosa para que no se vea’ o ‘las advertencias que se hacen son para que se tengan en cuenta’. En particular, si el pronombre es lo, el oído rechaza completamente su expresión junto a otro pronombre; para responder, por ejemplo, a la pregunta ‘¿se ha comprado el carbón?’ nadie diría ‘se lo ha comprado’, sino ‘se ha comprado’. En realidad, lo que se hace al suprimir el pronombre personal, tanto si es lo como si es otro, es transformar una oración impersonal en una oración pasiva pronominal; la respuesta ‘se ha comprado’ equivale a ‘ha sido comprado’. Por eso, si al pronombre suprimido le corresponde estar en plural, el verbo se pone en plural (‘¿Se venden esas casas? —Se venden’). Mientras que, si se expresa el pronombre, el verbo se pone siempre en singular (‘se las vende’). Por eso, cuando por ser lo el pronombre personal, su supresión, como se ha dicho, es exigida por el oído, si ello da lugar a que se resienta la claridad de la frase, se puede recurrir a usar la forma pasiva con ser: en la frase ‘han puesto este libro encima de la mesa para que se lo lea’, al suprimir lo podría caber duda de si lo que se pretende es que se lea precisamente ese libro o que se lea, sea lo que sea; para que no quepa duda se puede decir ‘para que sea leído’.

Es oportuno, de todos modos, advertir que, salvo en el caso del pronombre lo en que la repugnancia por su uso es, como se ha dicho, general, la aprensión contra el uso de los pronombres personales en oraciones impersonales con se es injustificada, y renunciar al empleo de frases como las de los ejemplos del principio de este apartado es privarse de formas de expresión genuinas y de mayor precisión que las formas con el pronombre elíptico.

En lenguaje hablado se produce también elipsis del artículo-pronombre (artículo en que va implícito el nombre) cuando su uso produciría una acumulación excesiva de partículas: en vez de ‘de forma parecida a la del clavel’, que es la forma completa y correcta, puesto que se compara una forma con otra forma y no una forma con un clavel, suele decirse ‘de forma parecida al clavel’; o, en vez de ‘de clase intermedia entre la de caballero y la de artesano’, se dice ‘de clase intermedia entre caballero y artesano’; pero tales elisiones no son permisibles en lenguaje escrito.

Fuente: Diccionario María Moliner de uso del español