Acreedor Hereditario

Concepto de Acreedor Hereditario

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Acreedor Hereditario?

Acreedor Hereditario en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia

A continuación se ofrece un abstracto de la voz Acreedor Hereditario en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia (edición de 1874-1876) Cualquiera de los que no habiendo recibido en vida del deudor el pago de su , tiene a reclamarlo de los bienes que este dejó a su muerte. Llámase hereditario por con trasposición al testamentario, y por el derecho cine tiene a ser paga do de la herencia; pero no forma nueva especie, distinta de las que han sido objeto de los artículos anteriores, pues o bien es real o . El hereditario debe dirigirse al heredero, albacea o defensor de los bienes de la-herencia; pero no puede emplazar ni llamar a juicio a los o familiares de su deudor difunto, sino pasados nueve días después del entierro; bien que si recelare que ocultarán o disiparán los bienes o se ausentarán con ellos por defraudarle, puede obligarles a dar fiadores ante el juez: ley 15, título 13, Part. 1, y ley 13, título 9, Part. 7. Si el heredero acepta la herencia bajo de inventario, no puede reconvenirle el acreedor hereditario durante el tiempo de la de este instrumento; ni tampoco podrá exigirle mas de lo que alcance la herencia, aunque el importe del crédito sea mucho mayor: leyes 5 y 7, título 6, 1art. 6. Pero si el heredero aceptó la herencia llanamente sin beneficio de inventario, podrá entonces el acreedor demandarle todo el importe de su crédito,- aunque sea de mas consideración que los bienes del difunto; pues por la simple queda obligado el heredero a la satisfacción de todas las deudas de la herencia, aun con sus propios bienes: ley 10, título 6, Part. 6. El acreedor hereditario debe ser preferido al acreedor testamentario; porque las mandas no han de satisfacerse sino de lo que sobrare después de cubiertas las deudas: ley 8, título 33, Part. 7. Si el heredero pagare antes las maridas que las deudas, en perjuicio de los acreedores, pueden estos hacerlas revocar y aun dirigirse contra los legatarios, quienes deberán volver lo recibido para satisfacer las deudas: leyes 7 y 12, título 15, Part. 5, y ley 7, título 6, Part. 6. * Pero si los inmuebles hubieren sido trasferidos a tercero, después de cinco años de inscritos en favor del legatario, no podrá repetirse contra ellos por ningún acreedor: artículo 23 de la ley Hipotecaría. *

Acreedor Hereditario

Acreedor Hereditario: Titular de un crédito cuyo pago grava sobre los bienes de la herencia.

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