Adhesión

Concepto de Adhesión

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Adhesión?

Adhesión

Definición Básica de Adhesión

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Adhesión proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Consentimiento, colaboración que se presta a un acto realizado por un tercero. | Aceptación de reglas contractuales impuesta por una de las partes, sin discutir las mismas. (V. CONTRATO DE ADHESIÓN.)

Adhesión en la Enciclopedia Jurídica

Adhesión en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Contratos en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Adhesión en la sección sobre los Contratos Civiles pueden ser las siguientes:

  • Addictio in diem
  • Aceptación de mandato
  • Acción redhibitoria
  • Venta a plazos
  • Aceptación de mandato

Adhesión en el Derecho Comercial

Concepto de Adhesión publicado por IICA, del Grupo Andino, en este contexto: Proceso de incorporación a un instrumento legal. En el caso del GATT, la Parte Contratante en potencia inicia negociaciones de acceso con las partes contratantes, para determinar concesiones u otras obligaciones específicas que deberá asumir antes que se consume la adhesión

Adhesión en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Adhesión publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): En términos internaciones representa la incorporación de un país en la celebración de un tratado.

Adhesión en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Adhesión publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Acto jurídico por el cual un Estado entra a formar parte de un tratado en cuya negociación y firma no había participado.

Significado Alternativo

Acto mediante el cual una persona expresa su voluntad de responder de las consecuencias jurídicas de un contrato o convenio realizado entre otras sin si participación.

Adhesión en Derecho Electoral

La adhesión es el acto por el que un Estado acepta la oferta o la oportunidad de convertirse en parte de un tratado internacional ya negociado y firmado por otros Estados. Tiene el mismo efecto legal que la ratificación. La adhesión suele producirse después de que el tratado internacional haya entrado en vigor. [rtbs name=»tratados-internacionales»] El Secretario General de las Naciones Unidas, en su función de depositario, también ha aceptado adhesiones a algunos convenios antes de su entrada en vigor. Las condiciones en las que puede producirse la adhesión y el procedimiento correspondiente dependen de las disposiciones del tratado. Un tratado internacional puede prever la adhesión de todos los demás Estados o de un número limitado y definido de Estados. [rtbs name=»tratados-internacionales»] En ausencia de una disposición de este tipo, la adhesión sólo puede producirse cuando los estados negociadores se hayan puesto de acuerdo o lo hagan posteriormente en el caso del estado en cuestión. [Arts. 2 (1) (b) y 15, Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados internacionales (véase, en general, sobre los instrumentos internacionales) de 1969].

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Adhesión

Más sobre Derecho Internacional Público en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Adhesión pertenecientes al Derecho Internacional Público se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

  • Acuerdo internacional
  • Zona contigua
  • Universalismo
  • Unión aduanera suiza
  • Tratados internacionales

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Adhesión a la Apelacion

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase También

Apelación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).

Adhesión Al Recurso de Casacion

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase También

Casación.

Uso de Adhesión en Relación a: Firma, ratificación y adhesión (con Respecto al Contexto Jurídico Internacional)

Para una mayor comprensión del ámbito de aplicación del término «adhesión»: Según el artículo 11 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, el consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado puede manifestarse de distintas maneras. Las principales son estas: Firma (signature): normalmente, los Estados firman el tratado (por ejemplo a través de su Ministro de Relaciones Exteriores, Jefe de Estado u otro funcionario autorizado); en algunos tratados se establece que los Estados pueden expresar su consentimiento en obligarse mediante la sola firma, pero lo habitual es que la firma esté sujeta a ratificación, aceptación o aprobación (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). Ratificación (ratification), aceptación (acceptance) o aprobación (approval): la mayor parte de los tratados multilaterales establecen expresamente que los Estados deben manifestar su consentimiento en obligarse mediante la firma sujeta a ratificación en el plano internacional. Eso da tiempo a que el Estado apruebe dicho tratado en el plano nacional a través de sus órganos internos (por ejemplo, su Parlamento u órgano legislativo) y a que dicte la legislación nacional neces
aria para aplicarlo, antes de contraer las obligaciones jurídicas emanadas del tratado en el plano internacional. La aceptación o aprobación de un tratado después de su firma tiene los mismos efectos jurídicos que la ratificación y está sujeta a normas similares [en la práctica, algunos Estados recurren a la aceptación y aprobación en lugar de proceder a la ratificación cuando, en el plano nacional, la ley constitucional no exige la ratificación por el Jefe del Estado]. Adhesión (accession): si un Estado no ha sido parte en la negociación del tratado y no lo ha firmado, puede simplemente adherirse a él (accede to the treaty) con posterioridad, si la posibilidad de hacerlo está prevista en el tratado.

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