Concepto de Devolutivo
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Devolutivo?
Devolutivo
Definición Básica de Devolutivo
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Devolutivo proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Lo que devuelve o restituye. En términos procesales, es el efecto que produce la apelación al pasar o devolver al juez superior el conocimiento de las resoluciones tomadas por el inferior, sin suspender la ejecución de las mismas. En este significado, se opone a efecto suspensivo, el cual, suspende la ejecución de lo resuelto por el juez inferior hasta el pronunciamiento del superior. (V. EFECTO DEVOLUTIVO y SUSPENSIVO.)
Devolutivo en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Devolutivo
Significado de Devolutivo en Derecho Español
Efecto propio del recurso que transmite el conocimiento del asunto al Tribunal inmediatamente superior al que dictó la resolución.
Devolutivo
En ocasiones, un término jurídico (como Devolutivo) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Devolutivo es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Devolutivo en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:
EFECTOS DE LA APELACIÓN.
Para más información sobre Devolutivo y otros términos jurídicos con su sinónimo, así como frases sobre derecho, incluyendo algunas relacionadas con Devolutivo véase las locuciones y los sinónimos de términos usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.
Devolutivo
Conceptos jurídicos relacionados con Devolutivo en este Diccionario legal
Devolutivo en la Enciclopedia Jurídica
Devolutivo en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Devolutivo)
Véase también
Devolutivo en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Devolutivo publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Efecto propio del recurso que.transmite el conocimiento del asunto al Tribunal inmediatamente superior al que dictó la resolución (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario).