Concepto de Erga omnes
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Erga Omnes?
«Erga omnes»
Definición Básica de Erga omnes
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Erga omnes proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
(Locución latina) Contra todos. Expresa que la ley, el derecho, o la resolución abarcan a todos, hayan sido partes o no; y ya se encuentren mencionados u omitidos en la relación que se haga.
Definición Breve de Erga Omnes»
Término que puede ser aplicado a toda resolución o determinación judicial o derecho que rige contra todos o respecto de todos.
Erga omnes
Erga omnes en la Enciclopedia del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica para el estudiante y el profesional del derecho (incluyendo Erga omnes)
Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Erga omnes
Más sobre Filosofía del Derecho en el Diccionario Legal Internacional
Otras voces afines a Erga omnes pertenecientes a la Filosofía del Derecho se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:
- Equidad
- Empirismo jurídico
- Efecto jurídico
- Derecho natural
- Creación judicial
Erga Omnes en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas
Significado de Erga Omnes publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Respecto a todos, de aplicación general.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Concepto de Erga omnes en línea en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Traducción al inglés de Erga omnes en el Diccionario Jurídico Inglés-Español de Cabanellas
- Significado sobre Erga omnes en la Enciclopedia Jurídica Omeba (internacional)
- Definición de Erga omnes en el Diccionario Jurídico Mexicano
Significado de Erga Omnes
En conexión con la historia del derecho romano, un breve concepto de erga omnes podría ser el siguiente: Para todos. Para mayor información, véase el contenido de las entradas sobre derecho romano, sobre erga omnes y otros temas, de la enciclopedia jurídica.