Erga Omnes

Concepto de Erga omnes

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Erga Omnes?

«Erga omnes»

Definición Básica de Erga omnes

De con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Erga omnes proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

(Locución latina) Contra todos. Expresa que la ley, el , o la resolución abarcan a todos, hayan sido partes o no; y ya se encuentren mencionados u omitidos en la relación que se haga.

Definición Breve de Erga Omnes»

Término que puede ser aplicado a toda resolución o determinación judicial o derecho que rige contra todos o respecto de todos.

Erga omnes

Erga omnes en la Enciclopedia del Derecho

Puede encontrar útil en:

Recursos en este Diccionario Jurídico

Véase también

Erga omnes

Más sobre Filosofía del Derecho en el Diccionario Legal Internacional

Otras voces afines a Erga omnes pertenecientes a la se cuentan entre los siguientes términos jurídicos:

Erga Omnes en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Erga Omnes publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Nacional Autónoma de (UNAM): Respecto a todos, de aplicación general.

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

Significado de Erga Omnes

En conexión con la romano, un breve concepto de erga omnes podría ser el siguiente: Para todos. Para mayor información, véase el contenido de las entradas sobre derecho romano, sobre erga omnes y otros temas, de la enciclopedia .

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