Concepto de Error juris non inducit malam fidem
[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto .
¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Error Juris Non Inducit Malam Fidem?
«Error juris non inducit malam fidem»
Definición Básica de Error juris non inducit malam fidem
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Error juris non inducit malam fidem proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Aforismo latino, que quiere decir: el error de Derecho no su pone mala fe. La razón de ello se encuentra en que, ampararse con mala fe en la ignorancia de la ley o en el error de Derecho, no entraña realmente algo tan distinto como el dolo.