Irrito

Concepto de Irrito

Esta voz se ocupa del concepto .

¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Irrito?

Irrito

Definición Básica de Irrito

De con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Irrito proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Nulo; sin validez ni fuerza obligatoria. Se refiere al que adolece de defectos que lo hacen nulo o anulable.

Irrito en la Enciclopedia Jurídica

Irrito en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar útil en:

Véase también

Otras búsquedas sobre Actos y Hechos Jurídicos en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Irrito en la sección sobre los Hechos y los Civiles pueden ser las siguientes:

  • Irrevocabilidad
  • Interpretación de los
  • Inexistencia de los actos jurídicos
  • Hecho positivo
  • Interpretación de los contratos

Lo nulo, por carecer de validez , por tanto no ser de obligatorio cumplimiento (en el derecho peruano).

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía