Lucha Contra la Delincuencia Organizada Internacional

Concepto de Lucha Contra la Delincuencia Organizada Internacional

Esta voz se ocupa del concepto . La Unión Europea ha dado prioridad a la lucha contra la delincuencia organizada. Un plan de acción aprobado por el Consejo en abril de 1997 establece una serie de medidas para combatir el fenómeno. [rtbs name=»tratados-internacionales»] El tratado internacional de Ámsterdam incluye la delincuencia organizada entre los fenómenos delictivos prioritarios que debe combatir la UE. [rtbs name=»tratados-internacionales»] El artículo 29 del tratado internacional de la UE establece que el objetivo de la Unión de garantizar a los ciudadanos un alto grado de protección en un espacio de libertad, seguridad y justicia debe alcanzarse «mediante la prevención y la lucha contra la delincuencia, organizada o no». Tras la entrada en vigor del tratado internacional de Amsterdam, el Consejo adoptó en marzo de 2000 «La prevención y el control de la delincuencia organizada: una estrategia de la Unión Europea para el comienzo del nuevo milenio», como continuación del plan de acción de abril de 1997. La Unión Europea también adoptó una acción común (21 de diciembre de 1998) que define la delincuencia organizada en los siguientes términos «se entenderá por organización delictiva una asociación estructurada, establecida durante un período de tiempo, de más de dos personas, que actúen de forma concertada con el fin de cometer delitos punibles con una pena privativa de libertad o una medida de seguridad privativa de libertad de un máximo de al menos cuatro años o con una pena más grave, tanto si dichos delitos constituyen un fin en sí mismos como si son un medio para obtener beneficios materiales y, en su caso, para influir indebidamente en el funcionamiento de las autoridades públicas».

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