Concepto de Modus vivendi
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Modus Vivendi?
Modus vivendi
Definición Básica de Modus vivendi
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Modus vivendi proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
(Locución latina) y esp. Modo o régimen de vivir. | Regla de conducta. | Transacción. | Fórmula de convivencia. | Más especialmente, ajuste, convenio o acuerdo internacional, entre dos Estados, como regulación interina de un asunto pendiente de solución estable, concretada por lo común en un tratado.
Modus vivendi
Modus vivendi en la Enciclopedia del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica para el estudiante y el profesional del derecho (incluyendo Modus vivendi)
Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Noción de Modus Vivendi
Una definición sucinta de Modus Vivendi puede ser la siguiente: Acuerdo o convenio mediante el que se resuelve provisionalmente una cuestión pendiente entre Estados, hasta que se llegue a una solución definitiva de la misma.
Un modus vivendi es un instrumento que registra un acuerdo internacional de carácter temporal o provisional destinado a ser sustituido por un acuerdo de carácter más permanente y detallado. Suele hacerse de manera informal y nunca requiere ratificación.