Morada

Concepto de Morada

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Morada?

La morada es el lugar de residencia fijo (véase este término en la presente plataforma en línea). Suele ser una cuestión de hecho más que de derecho: así, en la jurisprudencia británica, en Courtis v Blight (1862) 31 LJCP 48. La residencia de un hombre, donde vive con su familia y duerme por la noche, es siempre su lugar de residencia en el «pleno sentido de esa expresión»: rule v Hammond (1852) 17 QB 772. Véase, en esa jurisdicción, rule v Barnet LBC ex p Shah [1983] 2 AC 309.

Morada

Definición Básica de Morada

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Morada proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

Casa, vivienda, habitación. | Estancia continuada en un lugar; residencia. | Domicilio (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital).

Morada en la Enciclopedia Jurídica

Morada en la Enciclopedia Mexicana del Derecho

Puede encontrar información útil en:

Otras búsquedas sobre los Delitos en el Diccionario Jurídico

Otras voces que guardan relación con Morada en la sección sobre los Delitos pueden ser las siguientes:

  • Monopolio
  • Mandato criminal
  • Licencia de armas
  • Libertad de cultos
  • Mandato criminal

Recursos

[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Véase también

Bibliografía

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