Concepto de Onus probandi
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Onus Probandi?
«Onus probandi»
Definición Básica de Onus probandi
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Onus probandi proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
(Locución latina) Carga de la prueba (encuéntrese la entrada correspondiente en el diccionario legal de esta plataforma digital).
Onus probandi
Onus probandi en la Enciclopedia del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica para el estudiante y el profesional del derecho (incluyendo Onus probandi)
Recursos en este Diccionario Jurídico
Véase también
Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Onus probandi en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:
- Nulidades procesales
- Medios de prueba
- Litis
- Juicio sumario
- Medios de prueba
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Onus probandi en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Onus probandi en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Onus probandi en el Diccionario Jurídico Mexicano
Noción de Onus Probandi
Una definición sucinta de Onus Probandi puede ser la siguiente: Carga de la prueba.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase También
- «peso de la prueba»