Concepto de Cedente
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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Cedente?
Cedente
Definición Básica de Cedente
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Cedente proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
La parte que transfiere a otra una cosa, derecho, acción o valor. | Quien renuncia a algo a favor de otro. En realidad, constituye un donante que, ante la negativa de la donación, hace abandono de su bien o derecho. | Por antonomasia, quien cede un crédito; aun cuando sean también cadentes el vendedor, cada uno de los permutantes, el donante, el copropietario o coheredero que renuncia. | En títulos mercantiles, endosante. (V. ENDOSO)
Cedente en la Enciclopedia Jurídica
Véase más información sobre Cedente
Significado de Cedente en Derecho Español
Persona que trasfiere a otra un derecho. El cedente es una de las partes del contrato de cesión (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). La cesión es aquel contrato por el cual una parte transmite a otra un derecho. Sólo dura un año la responsabilidad del cedente de buena fe cuando se haya hecho responsable de la solvencia del deudor (Art. 1.530 del CC).
Definición Breve de Cedente
Persona o indivíduo que en virtud de un contrato transmite a otro un crédito, derecho o valor.
Cedente en la Enciclopedia Jurídica
Cedente en la Enciclopedia Mexicana del Derecho
Puede encontrar información útil en:
- Esta voz en la Enciclopedia Legal
- Otras entradas y recursos de investigación legal de la Enciclopedia Jurídica sobre derecho mexicano (incluyendo Cedente)
Véase también
Otras búsquedas sobre Contratos en el Diccionario Jurídico
Otras voces que guardan relación con Cedente en la sección sobre los Contratos Civiles pueden ser las siguientes:
- Causa torpe
- Casa de huéspedes
- Cajas de seguridad
- Bilateral
- Casa de huéspedes
Persona que trasmite un derecho a otra (en el derecho peruano).
Cedente en Administración Empresarial y Economía
Se ha definido cedente de la siguiente forma: Persona que transfiere o traspasa a otra un bien, derecho o acción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). En los títulos de crédito susceptibles de giro o endoso, el cedente equivale al endosante. [1]
Cedente en Inversión y Economía Financiera
Se ha definido cedente de la siguiente forma: Persona que cede un derecho o un contrato. [1]
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Cedente en la Enciclopedia de la Bolsa y del Inversor Financiero (José Ramón Cano Rico. Editorial Tecnos S.A., 1997) y en otras obras de referencia
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Notas y Referencias
- Concepto de Cedente basado en contenido propio y en una selección de obras y trabajos de referencia, entre ellos el Diccionario de Economía y Administración (Andrés Suarez Suarez, McGraw Hill, 1992).
Véase También
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase también
Bibliografía
- Definición de Cedente en el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia
- Voz sobre Cedente en la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Significado de Cedente en el Diccionario Jurídico Mexicano
Definición de Cedente
Persona que transfiere o traspasa a otra un bien, derecho o acción (sobre este último concepto, véase una definición, en este diccionario). En los títulos de crédito susceptibles de giro o endoso, el cedente equivale al endosante. En el ámbito de los seguros, asegurador o compañía aseguradora que cede parte de su cartera de riesgos a un reasegurador, el cesionario o aceptante.