Concepto de Acordado
[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]Esta voz se ocupa del concepto . Esta voz se ocupa del concepto .
¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Acordado?
Acordado
Definición Básica de Acordado
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Acordado proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:
Decreto de los tribunales por el cual se ordena cumplir lo antes resuelto sobre el mismo asunto. | Decreto o fórmula que denota la providencia reservada con motivo del asunto principal. En realidad, debe emplearse completa la locución, y decir lo acordado
Acordado
Lo acordado: decreto de los tribunales por el cual se manda observar lo anteriormente resuelto sobre el mismo asunto; y también es decreto o fórmula que denota la providencia reservada que se ha tomado con motivo del asunto principal.
Recursos
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]Véase También
Auto acordado.