Ad Rem

Concepto de Ad rem

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Ad Rem?

«Ad rem»

Definición Básica de Ad rem

De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Ad rem proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

(Locución latina) Expresa el derecho que se tiene a la cosa.

«Ad rem»

En ocasiones, un término jurídico (como Ad rem) puede tener diferentes formas de expresión escrita. En otras, una referencia a Ad rem es más conveniente plantearla desde otra palabra. En este sentido, véase el significado equivalente o el sinónimo de Ad rem en este Diccionario en el siguiente concepto o conceptos:

«IUS AD REM».

Para más información sobre Ad rem y otros términos jurídicos en latín, así como frases en latín sobre derecho relacionadas con Ad rem véase las locuciones y los términos en latín usados en Derecho de este Diccionario Jurídico.

Significado de Ad Rem

En conexión con la historia del derecho romano, un breve concepto de ad rem podría ser el siguiente: Derecho a una cosa. Para mayor información, véase el contenido de las entradas sobre derecho romano, sobre ad rem y otros temas, de la enciclopedia jurídica.

Locución latina que sirve para expresar el derecho que se tiene a la cosa (en el derecho peruano).

Noción de Ad Rem

Locución latina que sirve para expresar el derecho que se tiene a la cosa.

Ad Rem en el Contexto del Derecho, la Gestión Financiera y las Ciencias Políticas

Significado de Ad Rem publicado, entre un amplio repertorio de vocabulario jurídico, por V. M. Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Es el derecho que tiene a la cosa.

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