Aguas de Uso Publico

Concepto de Aguas de Uso Publico

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¿Qué es, Qué Significa y Cómo se Define Aguas de Uso Publico?

Noción de Aguas de Uso publico

Una definición de aguas de uso publico puede ser la siguiente: son aguas de uso público: a. Los ríos y todas las aguas que corran por cauces naturales de modo permanente o no; b. Las aguas que corran por cauces artificiales que hayan sido derivadas de un cauce natural; c. Los lagos, lagunas, ciénagas y pantanos; d. Las aguas que están en la atmósfera; e. Las aguas lluvias; g. Las aguas privadas que no sean usadas por tres (3) años consecutivos, y h. Las demás aguas, en todos sus estados y formas a que se refiere el artículo 77 del Decreto – Ley 2811 de 1974, siempre y cuando no nazcan y mueran dentro del mismo predio. (Art. 5o, decreto 1541 de 1978, Colombia)

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